martes, 29 de julio de 2014


SECURITAS |COMISION PARITARIA DE SEGURIDAD

Con fecha 16 de julio del año 2013, la Sección Sindical de UGT-Securitas Madrid, envío un escrito a la empresa Securitas en Madrid, debido a que decidió retirar la ayuda que daba a todo trabajador , por minusvalía de hijo o cónyuge. 

Un año después, y a pesar de no haber obtenido ninguna respuesta por parte de la empresa, se ha planteado ante la Comisión Paritaria (que es el órgano que interpreta el Convenio en el caso de discrepancias ) estos hechos. 

Nuestra empresa actúa así, silencio, dejando pasar el tiempo, no hemos obtenido ni la más mínima respuesta a nuestro escrito , solo las llamadas que hemos tenido de nuestros compañeros donde nos decían que les había quitado el dinero la empresa.


Seccion sindical de UGT en Securitas Madrid


 


El nuevo reglamento de Seguridad Privada estra listo antes de Navidad

El subdelegado del Gobierno en Salamanca, Javier Galán, ha inaugurado esta mañana el III Congreso de Seguridad Privada en Castilla y León organizado por Seguritecnia y Caja Rural de Salamanca y que cuenta con la colaboración especial de la Delegación del Gobierno en Castilla y León.

Con la presencia de unas 130 personas representantes de 60 empresas de seguridad, Javier Galán destacó que la seguridad se asienta de forma estable sobre la Guardia Civil, la Policía Nacional y la seguridad privada, “estando cada uno en su sitio” y añadió “es gravísima la responsabilidad que nos cae, pero también es un orgullo”. En Salamanca la colaboración Fuerzas de Seguridad con la seguridad privada “funciona muy bien, sin distorsiones que alteren la convivencia”. Respecto a la nueva Ley de Seguridad Privada en marcha desde el 5 de junio de este año, afecta tanto a los servicios que prestaba antes como a la coordinación y establece de manera clara los límites de la actuación de cada uno. Esta nueva Ley, según Galán, pretende solucionar las lagunas que había y dejar claras las competencias.

Otro de los participantes en esta jornada, el presidente de Seguritecnia, Javier Borredá, destacó el paso adelante que supone la aplicación de la nueva ley y aseguró que el reglamento de seguridad privada saldrá antes de navidades. “Vamos por delante de Europa”, con las nuevas tecnologías hay que cambiarlo todo, formar más a los profesionales.

Por su parte, Juan Carlos Robledo, director de seguridad de Caja Rural de Salamanca, explicó que la seguridad privada complementa al servicio de seguridad público. “Podemos beneficiar a la seguridad en general, hay intervenciones de vigilantes, escoltas que aportan seguridad”. Se trata “de ser un complemento de la seguridad pública”. Robledo afirmó que la nueva Ley también recoge los delitos asociados a las nuevas tecnologías y apuntó que entre los nuevos aspectos de la normativa referida a los vigilantes, en el ejercicio de sus funciones adquieren la protección jurídica de agente de la autoridad, “que era necesario”. “Se ha dado un paso en este sentido, pero siempre dependiendo de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, nosotros somos un complemento, nunca podemos sustituir a la seguridad pública”. También aseguró que Salamanca y Castilla y León son un referente en seguridad privada, con la Escuela de Policía de Ávila, academias privadas, empresas propias y el Inteco en Leon.

domingo, 27 de julio de 2014


OMBUDS | SENTENCIA T. SUPREMO SOBRE SUBROGACION


Adjuntamos una interesante sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de Madrid de fecha de 14 de Mayo sobre recurso de casación para unificación de doctrina de Ombuds contra un trabajador que en primera instancia declaro la improcedencia de una modificación sustancia de salario para un trabajador con categoría de escolta.

La sentencia rechaza la pretensión de la empresa de imponer condiciones de un acuerdo colectivo de modificación de salarios primando el derecho individual del trabajador a cobrar el salario que venia percibiendo antes de la subrogación.

Afortunadamente los juzgados van minimizando los efectos tan perniciosos de la reforma laboral.

Puedes ver/descargar la sentencia completa aqui (PDF)


Claves para entender el nuevo sistema de bajas laborales

Hace pocos días, el Gobierno aprobó el nuevo sistema de gestión y control de las bajas laborales, que concede más poder a las mutuas: si antes podían controlar las bajas desde el decimosexto día (que es cuando la mutua se hacía cargo de ciertas prestaciones), ahora podrán hacerlo desde el primer momento. Además, podrán aconsejar al médico la declaración del alta "motivada" del trabajador, que apoyarán con informes y pruebas, para lo que podrán acceder a parte del expediente médico del trabajador.

En un primer momento, las mutuas iban a tener capacidad de conceder altas, pero, tras las críticas de los sindicatos, esta idea fue descartada. Con este mayor control de las bajas, el Gobierno estima un ahorro de 500 millones de euros y considera que se realizará una mejor gestión de los recursos de las mutuas.

¿Quién será responsable de darme la baja y el alta?

En todos los casos, el médico del servicio público de salud encargado del caso. Eso sí, la Seguridad Social pondrá a disposición de los médicos una guía con tablas de duración óptima y de grado de incidencia de las distintas patologías susceptibles de generar incapacidades.

En las incapacidades temporales estimadas para menos de cinco días, los partes de baja y alta se emitirán en el mismo acto médico; para bajas de hasta 30 días se renovará cada 14 días; para bajas de entre 31 y 60 días se confirmará la baja cada 28 días y a partir de 61 días de baja se renovarán cada 35 días.

¿Puede una mutua darme el alta?

No, pero podrán influir en la decisión. Las mutuas podrán proponer el alta médica, pero deberá ser el médico del servicio público de salud el que se pronuncie, o bien confirmando la baja o bien acordando el alta, en un máximo de cinco días. Si en este plazo no existe contestación del facultativo o hay discrepancia, la mutua podrá solicitar el alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que deberá pronunciarse en el plazo de cuatro días.

¿Qué papeles tengo que hacer?

Cuando el médico emita el parte (ya sea de alta, baja o confirmación), el trabajador deberá entregar una copia a la empresa en un plazo máximo de tres días. Por su parte, el servicio público de salud o la mutua se encargará de entregarlo al INSS inmediatamente y realizar los trámites correspondientes.

¿Puedo reclamar la causa de mi baja que determine el médico?

Tanto el servicio público de salud como la mutua podrán pedir al INSS una revisión de la consideración inicial de la contingencia: si es común o profesional (relacionada con la actividad laboral). El médico de la mutua podrá considerar que se trata de una patología de contingencia común y no profesional y remitir al trabajador al servicio público de salud. Será este médico el que decida si, efectivamente, la contingencia es común o si discrepa y la considera profesional. En caso de discrepancia, decidirá el INSS. También puede suceder que el trabajador no esté de acuerdo con el cambio de consideración y quiera reclamar. En este caso, también será el INSS el que tenga la última palabra.
¿Qué pasa si no acudo a un reconocimiento médico?

Todos los partes, ya sean de baja, confirmación o alta, deben ir precedidos de un reconocimiento médico. Si el trabajador no acude a este por una causa justificada, la prestación por incapacidad temporal se suspenderá cautelarmente desde el día siguiente al del reconocimiento. Si en los diez días siguientes al reconocimiento el trabajador presenta una justificación (entendiéndose esta como un informe emitido por el médico del servicio público de salud que indique que era desaconsejable que el trabajador acudiera al reconocimiento por su situación clínica), la suspensión quedaría sin efecto. Si, por el contrario, el trabajador no justifica su ausencia en esos diez días, perderá el derecho a la prestación.

¿Qué dicen los sindicatos de esta reforma?

Los sindicatos la rechazan. CCOO considera que el aumento de competencias de las mutuas cuestiona "de forma injusta" la capacidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social, del Servicio Público de Empleo y de los medios públicos para gestionar las bajas. "Todas estas modificaciones", apunta el sindicato, "se apoyan en criterios economicistas apartando de las prioridades la recuperación de la salud de los trabajadores".

UGT considera que este nuevo sistema convierte a las mutuas en "policías y fiscales de los trabajadores y de los médicos de los servicios públicos de salud" y solicita la retirada del anteproyecto de Ley.

¿Qué son las mutuas?

Las mutuas son sociedades creadas por las empresas para hacer frente a las bajas médicas y otras materias relacionadas con la salud que están bajo su responsabilidad por ley. Son entidades sin ánimo de lucro que gestionan fondos públicos de la Seguridad Social y, por tanto, responden ante ella.

sábado, 19 de julio de 2014


Las mutuas podrán controlar las bajas de los trabajadores desde el primer día

El Gobierno aprueba el proyecto de ley que regula el sector


Las mutuas van a ganar margen de maniobra a la hora de decidir cómo gestionar las bajas y altas médicas de los trabajadores enfermos. Estas asociaciones de empresarios formalmente sin ánimo de lucro ya gestionan el 80% de los procesos de incapacidad temporal por enfermedad común o de un accidente no laboral. Si hasta ahora solo podían intervenir a partir del día 16 de la baja, por ejemplo para pedir una revisión al enfermo, la Ley de Mutuas, cuyo anteproyecto irá previsiblemente hoy al Consejo de Ministros, les permite controlar el proceso desde el primer momento.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, sin embargo, ha dado marcha atrás a la controvertida “alta presunta”, según el último borrador del texto legal. En anteriores borradores figuraba la posibilidad de que la mutua diera de alta a un trabajador de forma automática por silencio administrativo, es decir, si el médico no respondía en un plazo de cinco días a la propuesta. Según el último texto, si la mutua considera que el trabajador “podría no estar impedido para el trabajo”, formulará la propuesta de alta a la inspección médica de los servicios de salud, que tendrá que responder en cinco días hábiles. Si no la acepta, la mutua recurrirá a los inspectores del Insituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
El proyecto de ley ha levantado la oposición de las asociaciones médicas y los sindicatos. Estos últimos reclamaron en una reunión el lunes detener la reforma hasta aclarar la situación de varias mutuas con casos abiertos en los juzgados (Umivale, Mutua Universal o MAZ) o reclamaciones de la Seguridad Social, Fremap tiene varias pendientes que ascienden a más de 43 millones. Lo que, a la luz de lo previsto para hoy, ha sido descartado.

PROSEGUR | Glory Global Solutions optimiza los procesos de gestión


La compañía implanta en España y Portugal la solución Ntegra, una contadora y clasificadora de billetes multidivisa homologada por el Banco Central Europeo.

Prosegur cubre ahora el ciclo completo de gestión del efectivo y, para garantizar la trazabilidad de las remesas de dinero, ofrece servicios de transporte y manipulado en una misma solución. Por ello se ha apoyado en Glory Global Solutions para crear una infraestructura tecnológica que le permita realizar un conteo de dinero rápido, preciso y eficaz, y que, además, se integra fácilmente con sus procesos de tratamiento del efectivo.

La compañía ha implementado en sus delegaciones de España y Portugal contadoras de billetes capaces de procesar grandes volúmenes de efectivo de modo ininterrumpido, minimizando los errores. Asi se garantiza que el efectivo se mueve adecuadamente en todas las operaciones, elevando así las cotas de productividad de las personas que lo tratan e incrementando la eficiencia del sistema.

“La flexibilidad a la hora de integrar Ntegra con el software de gestión de efectivo de Prosegur ha jugado un importante papel en la consolidación del proyecto. Además, la calidad del servicio de mantenimiento nos permite garantizar las operaciones a nuestros clientes”, afirman desde el área de gestión de efectivo de Prosegur en España.

A través de este acuerdo, Prosegur, que a lo largo de sus casi cuatro décadas de trayectoria ha mantenido su compromiso con la innovación y la tecnología, sigue avanzando en la optimización de sus procesos de gestión de efectivo.

La Fundación Prosegur colabora con Ayuda en Acción para apoyar a familias en riesgo de exclusión social en España

   

La Fundación Prosegur ha suscrito un convenio con la organización española de cooperación internacional Ayuda en Acción con el fin de mejorar, principalmente a través de los centros escolares, las condiciones de vida de las familias que han entrado en situación de vulnerabilidad a raíz de la crisis económica.

   Mediante este acuerdo, firmado por el presidente de Ayuda en Acción, Jaime Montalvo y la presidente de Prosegur y de la Fundación Prosegur, Helena Revoredo, la compañía apoyará a 25 menores procedentes de distintos centros escolares de Carabanchel y Aluche, en Madrid, donde interviene Ayuda en Acción a través de su programa de apoyo a la infancia.

   Según el presidente de Ayuda en Acción, Jaime Montalvo, "proponemos con una visión a medio y largo plazo, el apoyo y acompañamiento a las familias, haciendo un entendimiento de sus necesidades y procurando vías de desarrollo sostenible para las mismas. De cara al próximo curso escolar, y en la medida de disponer de más recursos, estamos identificando nuevos centros educativos para incorporarlos al programa y poder cubrir más necesidades".   Esta ayuda se centrará en atender las necesidades de alimentación, mediante becas de comedor, en diversos campamentos urbanos organizados por la ONG, donde los niños continúan formándose durante el verano.

   En este sentido, la presidente de la Fundación Prosegur, Helena Revoredo ha afirmado, "queremos contribuir a la mejora de las condiciones de vida de los niños, niñas y sus familias que se encuentran en una situación más difícil debido a la crisis que afecta a España en los últimos tiempos".

miércoles, 16 de julio de 2014


UGT | AMPLÍA GRATIS TU PÓLIZA DE ACCIDENTES COMO AFILIADO/A A UGT MADRID

Adjuntamos información que nos ha remitido desde la correduría de seguros sita en Avda de America porque puede ser de vuestro interés. Espero que nunca tengáis que utilizar esta cobertura.

Adjuntamos el enlace.

Apreciado/a compañero/a,
En 2006 UGT y ATLANTIS firmaron una alianza estratégica con el objetivo de proporcionar a los afiliados/as un modelo asegurador basado en la ética y la solidaridad, y claramente diferenciado de la oferta mercantil tradicional. Como parte del acuerdo entre UGT y ATLANTIS, todos los afiliados/as con un año de antigüedad y al corriente de sus cuotas están incluidos en una póliza de accidentes colectiva que garantiza a los herederos una indemnización en caso de fallecimiento accidental: de 6.000 € para los que tengan un año de antigüedad y de 9.000 € para los de más de dos años de antigüedad.

UGT ha acordado con ATLANTIS la posibilidad de que sus afiliados/as amplíen en 1.000€ adicionales el capital de dicha póliza de accidentes, de manera totalmente gratuita . Para conseguirlo, sólo es necesario que cada afiliado cumplimente un sencillo boletín electrónico antes del próximo 31 de julio. 


sábado, 12 de julio de 2014


SECURITAS | INCUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 61 DEL CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA (PRESTACION POR HIJO MINUSVALIDO)


Debido a que se ha producido una interpretación errónea del articulo que se publico respecto a la aplicación del artículo 61 del Convenio de Seguridad , pasamos nuevamente a explicarlo para que no quede ninguna duda sobre la posición de esta Sección Sindical de UGT en Securitas. Según el Articulo 61 del Convenio de Seguridad (Ayudas a hijos y cónyuge discapacitados )….."Las Empresas abonarán a los trabajadores con hijos discapacitados la cantidad de 118,54 euros mensuales los años 2012 y 2013, y 121,65 euros para 2.014 por hijo de esta condición como complemento y con independencia de la prestación que la Seguridad Social le tenga reconocida, en su caso, en concepto de ayuda para discapacitados, entendiéndose como tales los así definidos en la legislación aplicable……." 

Por ello , no da lugar a ninguna interpretación unilateral ,por parte de Securitas, a la hora de abonar a los trabajadores las cantidades incluidas en el Convenio por discapacidad de hijos o cónyuge, ya que nosotros entendemos que una vez cumplida la obligación legal de acreditar dicha incapacidad, la empresa tendrá que abonar, a los trabajadores que reunan dichos requisitos ,esta ayuda. El articulo antes mencionado simplemente nos dice que una vez que se ha reconocido dicha discapacidad ( según la legislación aplicable ) las empresas de Seguridad se comprometen a abonar una ayuda al cada trabajador que cumpla estos requisitos y entendemos desde esta Sección que todo aquello que no sea así, será un incumplimiento del Convenio, por ello ya nos hemos puesto en contacto con nuestro gabinete jurídico en UGT, al cual le hemos trasladado este hecho para que realice las gestiones necesarias.

Esperando haber clarificado mejor nuestra postura, os seguiremos informando de las medidas oportunas que tomemos al respecto.

PROSEGUR | Ministerio de Trabajo de Perú le impone cuantiosas multas


Citando una serie de "incumplimientos de relaciones laborales de la serie" de los gerentes de Prosegur en el Perú, el Ministerio de Trabajo del Perú emitió una decisión en contra de la empresa en marzo de 2014, que incluye multas por un monto de 74.777 soles (USD 26.549). Los siguientes son los temas para los que se citó a la empresa:
  • Los actos de hostilidad contra dirigentes sindicales
  • Negar permiso unión que requiere la ley peruana
  • La utilización de la contratación temporal de 28 trabajadores que deberían haber sido facilitados los contratos indefinidos
  • Al no tener un registro de asistencia (compensación impactando)
  • Obstrucción de los inspectores de trabajo que tratan de hacer cumplir la ley
  • No comparecer en el Ministerio en dos ocasiones
El Ministerio de Trabajo también impuso una multa de 37.000 soles (USD 13.000) en el mismo mes de violaciónes de seguridad y salud relativas a los trabajadores a los 4 hospitales en Perú. Estas violaciónes incluyen:
  • Si no se proporciona máscaras de protección para todo el personal que lo requieran
  • La falta de capacitación en salud y seguridad
  • Si no se mantiene un registro de accidentes adecuada
  • No proporcionar taquillas para todo el personal
  • El no contar con un comité de salud y seguridad en funcionamiento en el momento de la inspección
Estas violaciónes de los derechos de los trabajadores son otro ejemplo de los derechos humanos y laborales por violaciónes Prosegur. La compañía, con sede en España, se enfrenta a una queja presentada por la OCDE UNI en noviembre de 2013, centrándose en violaciónes de sus operaciones en los países de Brasil, Colombia, Paraguay y Perú. La posición de la oficina de la sede, cuando se enfrentan directamente sobre estos abusos, ya sea niega los hechos que están documentados por los tribunales de justicia, trata de justificar el comportamiento ilegal de sus directivos en el país diciendo que tiene una política de relaciones laborales "descentralizadas" en todo el mundo o simplemente hace caso omiso de la corte y decisiones de la agencia, al parecer creyendo que está exento del "estado de derecho". 
Este comportamiento corporativo renegado no, por supuesto, cumplir con las normas aceptables para el comportamiento responsable de las empresas - ya sea en virtud de la OCDE, la OIT, el Pacto Mundial o cualquier otra norma internacional del trabajo. 

NOTICIAS | FeS-UGT-MADRID DENUNCIA A LA COMUNIDAD DE MADRID


FeS-UGT-Madrid denuncia el impago de la Comunidad de Madrid en la financiación de los Planes de Formación Sectorial para trabajadores ocupados.

La Comunidad de Madrid, ha incumplido el contrato firmado con la Federación de Servicios de UGT al no abonar el primer pago de la financiación de los planes de formación sectoriales dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados de la Comunidad de Madrid de la convocatoria 2013, que se debe desarrollar durante el año 2014

El abono debería haberse producido a la firma del contrato de fecha 31 de diciembre de 2013, tal como establece tanto el convenio firmado, como la normativa que regula la financiación de los planes. A día de hoy, la Comunidad ni ha efectuado el pago ni ha contestado a los escritos dirigidos por la Federación de Servicios interesándose por los motivos del impago.

Por ello, y ante la imposibilidad de ejecutar las acciones formativas programadas por no contar con la financiación concedida, FeS-UGT-Madrid ha procedido al desistimiento del contrato por incumplimiento del mismo por parte de la Comunidad de Madrid.

FeS-UGT-Madrid lamenta profundamente que la irresponsabilidad del Gobierno Regional vaya a suponer que los trabajadores de la Comunidad de Madrid de los sectores afectados, no puedan ejercer su derecho a la formación profesional para el empleo.


OBSERVATORIO DE SEGURIDAD PRIVADA | ACTA DE 26 DE JUNIO DE 2014