viernes, 22 de agosto de 2014


La CNMC pide al Gobierno que no incluya en el contrato de seguridad privada la subrogación del personal

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide al Gobierno que no incluya en el contrato centralizado de servicios de seguridad integral para varios edificios públicos la obligación de subrogar al actual personal que presta este servicio o que, al menos, se "interprete restrictivamente" esta obligación por cuanto limita la posibilidad de competencia.

Así se recoge en el 'Informe sobre los pliegos del contrato centralizado de servicios de seguridad integral y de auxiliares de control en edificios de la Administración General del Estado y sus organismos' que este jueves ha publicado el 'superregulador' y que recoge Europa Press.

El contrato al que se refiere el documento fue licitado por el Ministerio de Hacienda el pasado 18 de julio para cubrir los servicios de vigilancia y protección de bienes, el mantenimiento de equipos e instalaciones de seguridad y los servicios auxiliares de control (conserjería y portería) de una veintena de edificios de la capital, entre ellos los ministerios de Agricultura, Educación o Hacienda; la Confederación Hidrográfica del Tajo o la Delegación del Gobierno en Madrid.

La licitación está dividida en cuatro lotes valorados en 30,4 millones --van de los 14,27 millones el más grande a 965.900 euros el más pequeño-- por un periodo de 22 meses prorrogables por el mismo tiempo, lo que eleva el presupuesto a un máximo de 55 millones. Con ello se ahorrarán unos 4 millones de euros.

Los servicios se irán incorporando desde el 1 de diciembre de 2014 hasta julio de 2015 en función de la finalización de los 22 contratos en vigor actualmente. En todo caso, la finalización es fija para todo el contrato y está fijada el 30 de septiembre de 2016.

VALORACIÓN POSITIVA GENERAL
Así, la CNMC hace una valoración positiva general de la unificación del contrato en aras a conseguir una "mayor eficiencia en la utilización de los recursos públicos", y agradece también que se le hayan remitido los pliegos para su estudio. No obstante, recomienda que la próxima vez la consulta se haga antes de publicar el concurso.
No obstante, advierte de que existen algunos problemas desde el punto de vista de la competencia, como la obligación de subrogar al personal que actualmente presta el servicio. La Comisión subraya que "se corre el riesgo de perder gran parte de la posibilidad de competencia en la licitación" ya que la plantilla constituye un "input fundamental" en el precio que se puede ofrecer.

Es decir, que muchas pequeñas empresas no podrían asumir el coste de incorporar una "estructura organizativa alternativa" a la propia, lo que podría disuadir a algunos posibles licitantes de concurrir. Además, se trata de un criterio con "excesivo peso" en la valoración pese a ser "escasamente relevante para la ejecución de la prestación" e "imponer costes adicionales".

"Por esos motivos, se recomienda que la exigencia de subrogación debiera, si no eliminarse, cuanto menos interpretarse restrictivamente por parte de los órganos de contratación", concluye el organismo que preside José María Marín Quemada.

En otro punto del informe se reclama "una mayor justificación" a la inclusión, entre las condiciones de solvencia, de la exigencia de un número de trabajadores con formación profesional concreta, ya que "además de introducir una posible barrera de entrada a la prestación del servicio se impone una limitación a la libertad de organización de recursos del adjudicatario".

"El hecho de exigirse en todos y cada uno de los lotes estos requisitos de personal puede ser especialmente restrictivo, en la medida en que para un licitador que pudiese obtener más de un lote podrían generarse sinergias que permitiesen ganancias en eficiencia. Cabe pensar que, salvo justificación expresa en contra, pudiera compartirse personal entre lotes adjudicados a un mismo licitador dada la escasa dispersión geográfica", añade la CNMC.

LIMITAR EL RIESGO
La Comisión también recomienda eliminar la cláusula que prevé una indemnización equivalente al 3% de los servicios contratados si se produce una reducción del servicio superior al 10% del importe de la adjudicación. "No se considera adecuado restringir el principio de riesgo y ventura que debe asumir el contratista, sin que quepa aventurar además beneficio alguno para los usuarios del servicio", señala.

Con respecto a los plazos de duración del contrato, pese a comprender la necesidad de tiempos largos ante un servicio complejo como la seguridad integral, la CNMC recomienda que el derecho a prórroga se interprete "de forma restrictiva, examinando su necesidad, proporcionalidad y mínima restricción" dado que supone "el cierre absoluto del mercado durante su vigencia".

Además, cree que esta figura no debería justificarse alegando que incentiva a los posibles licitadores, ya que ese mismo objetivo "podría conseguirse por otras vías menos restrictivas para la competencia".

VALORACIÓN DE LOS CONTRATOS
La CNMC se centra por último en los criterios de aceptación de ofertas y en el procedimiento de valoración. Así, cree que deberían reducirse las condiciones mínimas de solvencia económica, financiera y profesional o técnica para presentarse a cualquiera de los lotes, y no sólo al de menor cuantía, de modo que se favorezca la concurrencia.

También opina que las exigencias económicas a las empresas aspirantes deberían ser acumulativas de diferentes años para no ser "excesivas o desproporcionadas" para las pymes, del mismo modo que no deberían incluirse criterios económicos --como los presupuestos o el volumen de negocio-- entre los requisitos de solvencia técnica.

La CNMC cree que los licitadores de otros estados miembros de la UE deberían tener requisitos de solvencia "equiparables" a los exigidos a las empresas españolas, y también rechaza que se limite a dos los lotes por los que se pueden presentar ofertas, sugiriéndose la eliminación de este tope.
Asimismo, cree que la exigencia de visitar los edificios puede suponer un problema para licitadores de fuera de Madrid, sugiriendo la posibilidad de mandar la información por vía telemática; y avisa de los "claros efectos anticompetitivos" de que la primera fase de la valoración sea eliminatoria, ya que "excluye a operadores sin haber podido valorar de forma completa su oferta".

La Comisión advierte por último de que hay demasiados criterios sujetos a una "valoración subjetiva", lo que supone una "excesiva discrecionalidad"; y rechaza la inclusión del factor corrector de penalización para las bajas inferiores al 10% del precio, lo que "estimula la formalización de ofertas que incluyan bajas superiores a dicho porcentaje".

"Sería recomendable que, dada la trascendencia del criterio precio, se realice una justificación de por qué, frente a otros posibles porcentajes, se ha considerado que el 10% ha de ser el umbral adecuado que justifique esta diferencia en la asignación de puntuación en las ofertas", concluye.

miércoles, 20 de agosto de 2014


¿Cuáles eran los objetivos de la reforma laboral que se están cumpliendo?


Dos años después del inicio de la reforma laboral que ha realizado este gobierno, se notan de forma nítida los objetivos que tenía y se comprueba que no tienen nada que ver con los preconizados en su momento. Con fecha 10 de febrero de 2012 el Gobierno hace público un documento sobre la reforma laboral en el que formula sus objetivos.
Dado que el gobierno considera un éxito la reforma laboral y así lo preconiza una y otra vez, es importante analizar los objetivos explicitados para ver qué ha ocurrido. También es posible que los objetivos explicitados no fueran los objetivos reales, que hubiese unos objetivos subyacentes que realmente fuese lo que se perseguía.
Vamos a analizar exclusivamente aquellos objetivos que son medibles, de los que se disponen datos claramente vinculados al objetivo. Por ello quedan fuera algunos objetivos extremadamente importantes, especialmente lo relacionado con la negociación colectiva y el absentismo laboral.
1- Frenar en el corto plazo la sangría de destrucción de empleo.
No solo no se ha frenado la destrucción de empleo sino que se incrementó considerablemente
Si comparamos la media de cuatro trimestres para anualizar el dato (media de 2011 y media de los trimestres comprendidos entre III de 2013 y II de 2014) no solo no se ha frenado la destrucción de empleo sino que se incrementó considerablemente. Se han destruido en media anualizada 1.254.185 puestos de trabajo, el 6,8% y comparando el 2º trimestre de 2011 con el de 2014, la destrucción ha sido de 1.268.952, un 6,8%.
La tasa de empleo ha disminuido en promedio anualizado en 2,9 puntos y comparando solo los segundos trimestres en 2,4 puntos, situándose en el 44,5%.
Si en vez de analizar los empleos sin cualificarlos, hasta ahora hemos comparado un empleo con otro con independencia del número de horas, comparándose un empleo a tiempo completo con otro a media jornada o menos, tomamos los empleos equivalentes a una jornada de 37,5 horas semanales, el resultado de la reforma laboral es más dramático, si cabe. En puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo, se han destruido 1.346.357, el 8,3% de los existentes en media anualizada o, si comparamos los segundos trimestres de 2014 y 2011, la destrucción ha sido de 1.444.665, el 8,6%.
Tres años después de la reforma laboral, no sólo no se ha frenado la sangría de destrucción de empleo, sino que se agudizó. La reforma laboral está costando más de cincuenta y cuatro millones de horas de trabajo semanales, el equivalente a 1.444.665 puestos de trabajo a tiempo completo.
2 - Poner las bases para la creación de empleo estable cuanto antes.
Entre el 2º trimestre de 2011 y el de 2008 se destruyeron 525.285 puestos de trabajo fijos a jornada completa, el 4,8% de los existentes. En idéntico período, entre el 2º trimestre de 2014 y el de 2011 se han destruido 948.057 puestos de trabajo fijos a jornada completa, el 9,1% de los existentes.
En puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo, se han destruido 1.346.357, el 8,3% de los existentes en media anualizada
Destruyendo casi un millón de puestos de trabajo fijos a jornada completa no parece el procedimiento de poner las bases para la creación de empleo estable.
3 - Apostar por el empleo de calidad que rompa la dualidad del mercado de trabajo.
Los contratos indefinidos a tiempo completo acumulados a julio de 2014 se han incrementado en 0,4% sobre los acumulados a julio de 2011. Solamente hay 1.556 contratos más. Como el conjunto de contratos aumentó en un 14,3%, para mantener el peso de la contratación indefinida a jornada completa en vez del aumento de 1.556, deberían haber aumentado en 62.949. Parece que no se rompe la dualidad en el mercado de trabajo entre indefinidos y temporales, más bien se introduce una nueva dualidad entre contratos a jornada completa y a jornada parcial: los contratos a jornada completa aumentaron un 6,3% frente al 32,7% que lo hicieron los parciales.
Se deberían haber formalizado 62.949 contratos indefinidos a jornada completa más para no agudizar la dualidad del mercado de trabajo. La reforma laboral además de la dualidad entre fijos y precarios ha creado otra entre los que trabajan a jornada completa y aquellos que la tienen parcializada
4 - Poner en marcha mecanismos efectivos de flexibilidad interna en las empresas para promover el mantenimiento del empleo.
En los 27 meses transcurridos desde que se aprobó la Reforma laboral, desde marzo de 2012 hasta mayo de este año, último mes del que hay datos publicados, se han producido 820.984 altas iniciales de perceptores de prestación contributiva por despido por causas objetivas o despido colectivo. En los 27 meses anteriores, entre diciembre de 2009 y febrero de 2012, el número de altas iniciales fue de 556.847.
Es decir que la flexibilidad interna originada en la modificación de las causas y procedimientos de despido que la reforma laboral ha dado a las empresas para, supuestamente, mantener el empleo, ha originado que las altas iniciales en prestaciones aumenten un 47%, 264.137 despedidos más.
No parece que se esté garantizando a las personas ocupadas su derecho a la formación cuando se disminuye en un 60% el número de personas formadas y en un 50,7% el número de horas de formación
La flexibilidad interna para mantener el empleo supuso un aumento del 47% de los despidos cuya causa fue modificada por la reforma laboral por lo que más que para mantener el empleo, esa flexibilidad ha servido para destruir más empleo.
5 - Reconocer un nuevo derecho individual de los trabajadores a la formación.
Según los datos que publica el Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el Avance del Anuario de 2013, en ese año el total de horas de formación dirigida prioritariamente a ocupados fue de 22.494.000, en las que participaron  244.500 personas. En 2011 las horas impartidas fueron 45.593.330 y las personas formadas 611.991. No parece que se esté garantizando a las personas ocupadas su derecho a la formación cuando se disminuye en un 60% el número de personas formadas y en un 50,7% el número de horas de formación.
Más que un nuevo derecho a la formación que ya existía y estaba comprometido en tratados internacionales, la reforma ha provocado que menos de la mitad del número de ocupados que se formaban en 2011 lo hicieran en 2013.
En relación con la formación dirigida prioritariamente a desempleados y dado que el Ministerio no ha publicado los datos de 2013, se pueden comparar los datos del presupuesto de 2011 con el de 2014. Financiado con las cuotas de formación, está tanto la formación dirigida prioritariamente a desempleados como las Escuelas–taller. Los fondos asignados para esta formación disminuyen en 609 millones, un 41% al tiempo que crece el número de los parados, en el momento de elaborar los presupuestos había 1.392.013 personas paradas más.
Si tomamos los datos que había cuando se elaboró el presupuesto, junio del año anterior, el recorte en formación por parado ha sido del 54,8%, más de la mitad. No parece que a los parados tampoco se les reconozca ningún nuevo derecho a la formación.
6 - Elevar las oportunidades de las personas desempleadas, con particular atención a los jóvenes y los parados de larga duración.
La Reforma laboral ha pretendido buscar soluciones en el empleo de los jóvenes menores de 30 años potenciando el contrato para la formación permitiendo su utilización consecutiva desde los 16 a los 322 años, siempre que fuese en diferente ocupación, aún en la misma empresa. Esto ha permitido que aumenten los jóvenes afiliados al Régimen General con un contrato formativo en un 51%, hay 49.489 con contratos formativos más. Este aumento contrasta con la disminución del total de afiliados de esta edad en un 22,7%, hay 556.372 menos o con la caída de los indefinidos en un 32,5%, hay 403.033 fijos menos.
La reforma laboral al primar los contratos para la formación ha provocado un trasvase de contratos indefinidos a contratos más precarios sin que aumente la afiliación. Hay medio millón de jóvenes afiliados menos.
El paro de larga duración, más de un año, ha aumentado en un 50,6%, mientras que el total de parados creció el 16,1%. Hay 1.198.836 parados de larga duración más. El hecho de que el aumento del paro de larga duración triplique el de menos de un año manifiesta la falta de eficacia de las medidas de políticas activas, en caso de haberse puesto en marcha
El gasto destinado a políticas activas de empleo por persona parada ha disminuido entre 2011 y 2014 un 53,8% por lo que difícilmente se podrían elevar las oportunidades de empleo para los jóvenes y parados de larga duración.
A lo largo de los apartados anteriores se ha visto que desde la reforma laboral:
  • En vez de frenar la sangría de destrucción de empleo, hay el equivalente a 1.444.665 puestos de trabajo a tiempo completo menos.
  • En vez de crear empleo estable se destruyeron casi un millón de puestos de trabajo fijos a jornada completa.
  • En vez de romper la dualidad entre fijos y precarios, se ha creado una nueva entre trabajadores a jornada completa y a jornada parcial.
  • En vez de ayudar a mantener el empleo, los mecanismos de flexibilidad establecidos han provocado el aumento de 264.137 despedidos más.
  • En vez de un nuevo derecho a la formación, ha habido una disminución del 60% en los ocupados formados y del 55% en el presupuesto de formación para parados.
  • En vez de elevar las oportunidades a los jóvenes y parados de larga duración, el empleo de jóvenes ha disminuido un 23% y los parados de larga duración aumentaron un 51% mientras el gasto en políticas activas por parado disminuía un 54%
Si todo esto ha ocurrido así, ¿cuáles eran los verdaderos objetivos del gobierno, no los manifestados públicamente, para que se sientan tan felices con los éxitos de su reforma laboral?

miércoles, 6 de agosto de 2014


EL CERMI PLANTEA A INTERIOR QUE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PUEDAN TRABAJAR EN LA SEGURIDAD PRIVADA

El l Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha planteado al Ministerio del Interior que abra el ejercicio profesional de la seguridad privada a las personas con discapacidad, ámbito laboral del que ahora están excluidas normativamente.

Ante el próximo desarrollo reglamentario de la Ley de Seguridad Privada, aprobada en abril de 2014, el Cermi propone recoger “expresamente” en la nueva norma la opción de que las personas con discapacidad puedan acceder al desempeño de actividades de seguridad privada.

Según los planteamientos del Comité, el reglamento de seguridad privada, pendiente de aprobación, debe incluir disposiciones que permitan tanto el acceso (nuevo ingreso) a la seguridad privada de personas con discapacidad, como el mantenimiento en esta actividad cuando la discapacidad sea sobrevenida, es decir, en el caso de que la persona ya viniera trabajando en este sector, y por accidente, enfermedad u otro hecho causante adquiriese una discapacidad.

Con la regulación actual, que, según el Cermi, “ha de ser superada”, las personas con discapacidad tienen vetado el acceso a la seguridad privada por entender que no reúnen condiciones psicofísicas adecuadas.

El sector de la seguridad privada da empleo a más de 100.000 personas en España y, para el Cermi, “debe ser una oportunidad de ocupación para las personas con discapacidad, sin exclusiones injustificadas”.

lunes, 4 de agosto de 2014


Nueva formula de gestion de las bajas por enfermedad

Adjuntamos el cuadro resumen con las modificaciones del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (enfermedad comun/IT) en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.

Puedes ver/descargar aqui (PDF)