martes, 31 de mayo de 2011


¡¡UGT GANA LAS ELECCIONES EN PROSEGUR CIA!!

Resultados de las elecciones de Prosegur Cia de Madrid:

UGT 13 
ATES 7
AS 6
CCOO 4
USO 3

Con una participación cercana a los 1700 votantes, los compañeros y compañeras de Prosegur han dicho basta  a las mentiras y promesas incumplidas de ocho años de mayoría de Alternativa Sindical. Desde nuestra Sección Sindical prometemos mejorar la situación de la plantilla de Prosegur y si no es así, podéis recordarnolo dentro de cuatro años cuando vuelva ha haber elecciones.

Gracias a todos, a los que nos han votado y a los que no(porque han ejercido su derecho a decidir). Pero este cambio hubiera sido imposible sin el apoyo de todos los compañeros y compañeras que ayer depositaron su voto con el logotipo de UGT. Gracias, gracias y mil veces gracias. Habéis hecho realidad el esfuerzo de los que día a día estábamos trabajando por mejorar las condiciones laborales de esta plantilla. Habéis reconocido nuestra labor, y eso compañeros y compañeras es de agradecer.

UGT ... NI UN PASO ATRAS



¡¡UGT GANA LAS ELECCIONES EN PROSEGUR CIA!!

Resultados de las elecciones de Prosegur Cia de Madrid:

UGT 13 
ATES 7
AS 6
CCOO 4
USO 3

Con una participación cercana a los 1700 votantes, los compañeros y compañeras de Prosegur han dicho basta  a las mentiras y promesas incumplidas de ocho años de mayoría de Alternativa Sindical. Desde nuestra Sección Sindical prometemos mejorar la situación de la plantilla de Prosegur y si no es así, podéis recordarnolo dentro de cuatro años cuando vuelva ha haber elecciones.

Gracias a todos, a los que nos han votado y a los que no(porque han ejercido su derecho a decidir). Pero este cambio hubiera sido imposible sin el apoyo de todos los compañeros y compañeras que ayer depositaron su voto con el logotipo de UGT. Gracias, gracias y mil veces gracias. Habéis hecho realidad el esfuerzo de los que día a día estábamos trabajando por mejorar las condiciones laborales de esta plantilla. Habéis reconocido nuestra labor, y eso compañeros y compañeras es de agradecer.

UGT ... NI UN PASO ATRAS


sábado, 28 de mayo de 2011


¡¡ ELECCIONES EN PROSEGUR !!

Se acerca el dia, el dia en que todos los compañeros y compañeras de Prosegur decidimos nuestro futuro. Hemos intentando hacer un buen trabajo durante los cuatro últimos años, pero que esto no nos lleve a engaños, si vosotros no nos votáis, perderemos fuerza. Las cosas no se consiguen solo con desearlas, hay que lucharlas y esforzarse, por eso os pedimos un esfuerzo y que os acerquéis a votar a UGT. 
Hack Click aqui  y descargate el triptico con nuestro programa, y recuerda el lunes dedicar una hora de tu tiempo para ir a votar, va a ser un inversión de futuro. Gracias por vuestro apoyo

FECHA DE LAS ELECCIONES
Lunes  30 de Mayo
C/ Pajaritos, 22 (gimnasio de Prosegur)
Horario para votar: de 7 a 21,30
Se necesita: Ganas de que no gane la empresa y el DNI

¡¡ ELECCIONES EN PROSEGUR !!

Se acerca el dia, el dia en que todos los compañeros y compañeras de Prosegur decidimos nuestro futuro. Hemos intentando hacer un buen trabajo durante los cuatro últimos años, pero que esto no nos lleve a engaños, si vosotros no nos votáis, perderemos fuerza. Las cosas no se consiguen solo con desearlas, hay que lucharlas y esforzarse, por eso os pedimos un esfuerzo y que os acerquéis a votar a UGT. 
Hack Click aqui  y descargate el triptico con nuestro programa, y recuerda el lunes dedicar una hora de tu tiempo para ir a votar, va a ser un inversión de futuro. Gracias por vuestro apoyo

FECHA DE LAS ELECCIONES
Lunes  30 de Mayo
C/ Pajaritos, 22 (gimnasio de Prosegur)
Horario para votar: de 7 a 21,30
Se necesita: Ganas de que no gane la empresa y el DNI

ELECCIONES SINDICALES EN PROSEGUR

El dia 30 de mayo, tenemos elecciones sindicales en Prosegur. ¿que significa esto? En estas elecciones elegimos, por y entre todos los empleados de la plantilla, a las 33 personas que nos representaran sindicalmente duarante los proximos años. Muchos diran que desde nuestra seccion sindical no hemos hecho nada durante estos años, seguramente el compañero o compañera que diga eso, es que no ha necesitado que le resolvamos ningún problema y nunca se haya puesto en contacto con la seccion sindical de UGT en Prosegur. Preguntar  a algun compañero y si este ha tenido contacto con nosotros os dira como somos y como trabajamos.
En la foto de arriba estan los compañeros y compañeras (si fuera un certamen de belleza no ganabamos seguro) que encabezan la candidatura.Haciendo clck aqui  podeis ver la candidatura completa.

ELECCIONES SINDICALES EN PROSEGUR

El dia 30 de mayo, tenemos elecciones sindicales en Prosegur. ¿que significa esto? En estas elecciones elegimos, por y entre todos los empleados de la plantilla, a las 33 personas que nos representaran sindicalmente duarante los proximos años. Muchos diran que desde nuestra seccion sindical no hemos hecho nada durante estos años, seguramente el compañero o compañera que diga eso, es que no ha necesitado que le resolvamos ningún problema y nunca se haya puesto en contacto con la seccion sindical de UGT en Prosegur. Preguntar  a algun compañero y si este ha tenido contacto con nosotros os dira como somos y como trabajamos.
En la foto de arriba estan los compañeros y compañeras (si fuera un certamen de belleza no ganabamos seguro) que encabezan la candidatura.Haciendo clck aqui  podeis ver la candidatura completa.

jueves, 26 de mayo de 2011


Recuperación de jornada

Ultimamente, la consulta que mas nos hacen los compañeros es ¿si un mes no llegan a la jornada mensual  establecida (162h), porque la empresa no les da cuadrante ¿tienen que recuperar la jornada? Simplemente, NO.

Si bien en nuestro convenio se recoge que  por motivos organizativos el trabajador no pudiese realizar su jornada mensual, tendrá que recuperarla en los dos meses posteriores. Pero  si el empresario el que no nos da trabajo, esto nos exime de recuperar esa jornada. Esto queda claramente legislado en el Estatuto de los Trabajadores, que es norma superior en el rango legal. Dice así:

"Artículo 30. Imposibilidad de la prestación.
Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo."

Ademas el texto deja claro que ni recuperación del tiempo de trabajo, ni descuento de salario.

Ademas de esto, añadimos que no se pueden alegar motivos organizativos si hay algún otro trabajador en la empresa que esta realizando horas extras.

Si os encontrais en este caso, tenéis dos opciones:

1.- Hacer las horas que según la empresa debéis y después reclamarlas como horas extraordinarias.
2.- No hacer mas de las 162 h de jornada y el resto denunciarlo a la Inspección Provincial de Trabajo, por obligaros la empresa a realizar horas extras.

No obstante, si tenéis dudas o queréis que hagamos nosotros las reclamaciones, paneros en contacto con la sección sindical.

Recuperación de jornada

Ultimamente, la consulta que mas nos hacen los compañeros es ¿si un mes no llegan a la jornada mensual  establecida (162h), porque la empresa no les da cuadrante ¿tienen que recuperar la jornada? Simplemente, NO.

Si bien en nuestro convenio se recoge que  por motivos organizativos el trabajador no pudiese realizar su jornada mensual, tendrá que recuperarla en los dos meses posteriores. Pero  si el empresario el que no nos da trabajo, esto nos exime de recuperar esa jornada. Esto queda claramente legislado en el Estatuto de los Trabajadores, que es norma superior en el rango legal. Dice así:

"Artículo 30. Imposibilidad de la prestación.
Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo."

Ademas el texto deja claro que ni recuperación del tiempo de trabajo, ni descuento de salario.

Ademas de esto, añadimos que no se pueden alegar motivos organizativos si hay algún otro trabajador en la empresa que esta realizando horas extras.

Si os encontrais en este caso, tenéis dos opciones:

1.- Hacer las horas que según la empresa debéis y después reclamarlas como horas extraordinarias.
2.- No hacer mas de las 162 h de jornada y el resto denunciarlo a la Inspección Provincial de Trabajo, por obligaros la empresa a realizar horas extras.

No obstante, si tenéis dudas o queréis que hagamos nosotros las reclamaciones, paneros en contacto con la sección sindical.

martes, 24 de mayo de 2011


INFORMACION MUY IMPORTANTE PARA LOS COMPAÑEROS QUE VINIERON SUBROGADOS DE CASESA Y FALCON EN METRO DE MADRID (LINEAS 7 Y 12)

Madrid, a 24 de mayo de 2011

 Estimados compañeros/as de Prosegur-metro de Madrid: 


Como muchos de vosotros ya sabéis, esta sección sindical de UGT, lleva desde el mes de marzo, que cobrasteis la primera nomina, trasmitiendo a la empresa que estaba abonando mal las retribuciones y conceptos salariales de los compañeros/as subrogados de Falcon y Casesa.

En este mes de Mayo, tras las denuncias que empezamos a tramitar y las pruebas documentales aportadas por este sindicato, la empresa accede a negociar esta reivindicación con nosotros UGT, al ser el único sindicato representado en Prosegur que discute este extremo, puesto que el resto encabezados por Alternativa Sindical y ATES defiende que Prosegur os está pagando bien a todos los trabajadores/as de Metro. LO DE SIEMPRE, VAMOS.


A mediados de este mes, alcanzamos un principio de acuerdo con la empresa que entendemos hubiera normalizado la situación salarial de todos los trabajadores/as subrogados, pero Prosegur, horas más tarde se desmiente a sí misma y en un alarde de falta de seriedad, rompe unilateralmente este principio de acuerdo con UGT. Mucho nos tememos que la cercanía de las elecciones sindicales tiene mucho que ver con esta forma de actuar: NO PUEDEN DEJAR POR LOS SUELOS A SUS SINDICATOS AFINES.

Pues bien, ante esta tesitura que se nos plantea, nosotros decidimos no dejar de pelear el abono inmediato de estas cantidades adeudadas por una cuestión fundamental, como es que conocemos y nos importa la precaria situación económica en la que se encuentran sobretodo compañeros/as a los que la empresa está dejando de abonar 100, 160 y 170 euros mes tras mes.

Tras poneros en antecedentes de lo sucedido, os comunicamos que hoy, tras dos semanas de silencio por parte de la empresa para no favorecernos de cara a las elecciones (seguramente pensando que los trabajadores/as de metro no os enteráis de mucho), esta nos ha trasmitido que TODOS LOS TRABAJADORES/AS SUBROGADOS DE FALCON Y CASESA QUE PERCIBIAN EL PLUS DE PELIGROSIDAD MAXIMO Y EL CORRESPONDIENTE COMPLEMENTO DE METRO, COBRARAN EN ESTA NOMINA DE MAYO TODOS LOS ATRASOS QUE SE LES DEBEN, ASI COMO QUE SE LES PROCEDERA A REGULIZAR LA NOMINA NORMALIZANDO EL PAGO MENSUAL DE ESTOS CONCEPTOS. NOS ASEGURAN TAMBIEN QUE LOS COMPAÑEROS/AS BUHOS PROCEDENTES DE FALCON, COBRARAN TAMBIEN EL COMPLEMENTO DE METRO QUE PERCIBIAN Y LOS ATRASOS, PERO QUE EN ESTE SUPUESTO NO PUEDEN ASEGURAR QUE LO PERCIBIRAN EN ESTA NOMINA POR PROBLEMAS DE MANO DE OBRA, PERO QUE EN CASO DE QUE NO LO COBRARAN EN ESTA NOMINA LO REGULARIZARIAN CON INMEDIATEZ. Ya me contareis.  

Dicho esto, deciros que aunque la empresa (según manifiesta y nos dice que hagamos el favor de trasmitiros) regularice a estos dos colectivos, nosotros DESDE UGT ENTENDEMOS QUE EN PRINCIPIO, AL RESTO DE LOS TRABAJADORES/AS SUBROGADOS DE FALCON Y CASESA SE LES ADEUDAN CANTIDADES,AUNQUE BASTANTES MENORES A LOS DE LOS COLECTIVOS ANTERIORMENTE MENCIONADOS,  ASPECTO QUE PROSEGUR RECONOCIO EN EL PRINCIPIO DE ACUERDO ALCANZADO CON NOSOTROS.

Por lo tanto, una vez finalizado el proceso negociador con los resultados anteriormente descritos, y considerando nosotros la UGT que todavía hay un colectivo afectado (el más numeroso) con una merma en sus retribuciones, TRASMITIROS QUE UNA VEZ COORDINADOS CON EL GABINETE JURIDICO DE UGT PRODEREREMOS EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA, A INTERPONER RECLAMACION  JUDICIAL CONTRA PROSEGUR A   TODO AFILIADO/A QUE QUIERA DEMANDAR TODOS LOS CAMBIOS DE CONCEPTOS Y RETRIBUCIONES QUE HAYAIS SUFRIDO EN PROSEGUR, QUE SEAN LESIVOS PARA VOSOTROS/AS Y SE AJUSTEN A DERECHO.

Para terminar deciros que puestos en contacto con los responsables de vestuario de Prosegur, estos nos han trasmitido que a los vvss. de metro se les entregaran, por problemas de suministro, dos polos de verano en lugar de tres y que el que falta, dichos trabajadores/as tendrán que ir a por él posteriormente.

Por si no lo sabéis, el tiempo empleado en acudir al vestuario por requerimiento de la empresa es tiempo de trabajo efectivo, por lo que os comunico a los afiliados/as de UGT que las dos veces que, en este caso, nos va a requerir la empresa para que recojamos los polos de verano PEDID UN JUSTIFICANTE SELLADO A LOS RESPONSABLES DE VESTUARIO Y ENTREGADNOSLOS PARA QUE OS GESTIONEMOS EL ABONO CORRESPONDIENTE ANTE LA EMPRESA.
 

NOS VEMOS EL DIA 30.  SALUD Y FUERZA



Un abrazo a todos/as:
JUAN VALENZUELA
SECCION SINDICAL UGT-Prosegur Cía. Madrid


INFORMACION MUY IMPORTANTE PARA LOS COMPAÑEROS QUE VINIERON SUBROGADOS DE CASESA Y FALCON EN METRO DE MADRID (LINEAS 7 Y 12)

Madrid, a 24 de mayo de 2011

 Estimados compañeros/as de Prosegur-metro de Madrid: 


Como muchos de vosotros ya sabéis, esta sección sindical de UGT, lleva desde el mes de marzo, que cobrasteis la primera nomina, trasmitiendo a la empresa que estaba abonando mal las retribuciones y conceptos salariales de los compañeros/as subrogados de Falcon y Casesa.

En este mes de Mayo, tras las denuncias que empezamos a tramitar y las pruebas documentales aportadas por este sindicato, la empresa accede a negociar esta reivindicación con nosotros UGT, al ser el único sindicato representado en Prosegur que discute este extremo, puesto que el resto encabezados por Alternativa Sindical y ATES defiende que Prosegur os está pagando bien a todos los trabajadores/as de Metro. LO DE SIEMPRE, VAMOS.
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Revista El Pregon (especial elecciones Prosegur)


Como dice el encabezamiento, debido a las próximas elecciones, hemos editado un numero especial de nuestro boletín. Este boletín solo lo han recibido los afiliados a UGT en sus domicilios. Ahora también lo podéis descargar aqui.
FECHA DE LAS ELECCIONES
Día 30 de Mayo
C/ Pajaritos, 22 (gimnasio de Prosegur)
Horario para votar: de 7 a 21,30
Se necesita: Ganas de que no gane la empresa y el DNI


domingo, 22 de mayo de 2011


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA SOBRE LAS VACACIONES


El  Tribunal  de  Justicia   de  la   Unión   Europea,  en  Sentencia   dictada   el   20-1-2009,  ha establecido lo siguiente:

El Derecho Comunitario garantiza el derecho de los trabajadores a las "vacaciones anuales retribuidas"
(con independencia de su estado de salud) y el derecho a la "licencia por enfermedad" (cuando esté
 incapacitado para el trabajo), a través de la Directiva 2003/08 no permitiendo ningún tipo de excepciones.
 Según el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88, los trabajadores dispondrán de un período de, al
menos, 4 semanas de vacaciones anuales retribuidas. Por lo tanto, este derecho a vacaciones anuales
retribuidas - que, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debe considerarse
un principio/ de Derecho social comunitario que reviste especial importancia- se reconoce a todo
trabajador, con independencia de su estado de salud.

Es decir que si caemos de baja durante todo el año natural, o parte de el, y no podemos disfrutar las vacaciones, no las perdemos, podemos disfrutarlas en el siguiente año. Hasta ahora nuestro convenio nos daba el derecho de poder disfrutarlas en el primer trimestre del año siguiente, con esta sentencia no estamos obligados a que sea en ese trimestre.

La sentencia también, aparte de por  enfermedad, reconoce el mismo derecho al disfrute de las vacaciones, cuando el trabajador no haya podido disfrutarlas durante el año natural, por motivos ajenos a su voluntad.

Mas información pinchando aqui .



SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA SOBRE LAS VACACIONES


El  Tribunal  de  Justicia   de  la   Unión   Europea,  en  Sentencia   dictada   el   20-1-2009,  ha establecido lo siguiente:

El Derecho Comunitario garantiza el derecho de los trabajadores a las "vacaciones anuales retribuidas"
(con independencia de su estado de salud) y el derecho a la "licencia por enfermedad" (cuando esté
 incapacitado para el trabajo), a través de la Directiva 2003/08 no permitiendo ningún tipo de excepciones.
 Según el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88, los trabajadores dispondrán de un período de, al
menos, 4 semanas de vacaciones anuales retribuidas. Por lo tanto, este derecho a vacaciones anuales
retribuidas - que, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debe considerarse
un principio/ de Derecho social comunitario que reviste especial importancia- se reconoce a todo
trabajador, con independencia de su estado de salud.

Es decir que si caemos de baja durante todo el año natural, o parte de el, y no podemos disfrutar las vacaciones, no las perdemos, podemos disfrutarlas en el siguiente año. Hasta ahora nuestro convenio nos daba el derecho de poder disfrutarlas en el primer trimestre del año siguiente, con esta sentencia no estamos obligados a que sea en ese trimestre.

La sentencia también, aparte de por  enfermedad, reconoce el mismo derecho al disfrute de las vacaciones, cuando el trabajador no haya podido disfrutarlas durante el año natural, por motivos ajenos a su voluntad.

Mas información pinchando aqui .


martes, 17 de mayo de 2011


Boletin El Pregon

Una de las entradas que mas visitas ha recibido ha sido la de nuestro boletin El Pregon en papel,por este motivo, pinchando aqui y atendiendo a vuestras peticiones, os podeis descargar el de noviembre/diciembre de 2010.

Redes Sociales y Movilizacion Social



Hemos acudido a las jornadas del titulo dentro de la VIII edicion de periodismo solidario en la Escuela Julian Besteiro de Ugt. Con las noticias que estos dias estan acontecimiento, hemos creido muy importante la asistencia a estas jornadas para adoptar, en la medida de lo posible, y mejorar en la manera de interactuar y comunicarnos con todos vostros. Ya conoceis la maxima "LO QUE NO CUENTAS ES QUE NO HA OCURRIDO"

Pincha  aqui  y descargate el programa con lo tratado y los ponentes.

Redes Sociales y Movilizacion Social



Hemos acudido a las jornadas del titulo dentro de la VIII edicion de periodismo solidario en la Escuela Julian Besteiro de Ugt. Con las noticias que estos dias estan acontecimiento, hemos creido muy importante la asistencia a estas jornadas para adoptar, en la medida de lo posible, y mejorar en la manera de interactuar y comunicarnos con todos vostros. Ya conoceis la maxima "LO QUE NO CUENTAS ES QUE NO HA OCURRIDO"

Pincha  aqui  y descargate el programa con lo tratado y los ponentes.

lunes, 16 de mayo de 2011


SUBROGACION DE SERVICIOS

Otro momento de nuestras vidas laborales como Vigilantes, que mas dudas crea cuando se produce, son las subrogaciones de servicio, es decir cuando en el servicio en el que trabajas cambia de empresa de Seguridad.

Este derecho esta protegido y recogido en el articulo 14 del convenio nacional de empresas de seguridad.

Este articulo es muy, muy importante, ya que viene a garantizar la estabilidad en el empleo y que las empresas no se aprovechen de sus relaciones mercantiles con los clientes, para dejarnos sin trabajo.

Una cosa muy importante, en el caso de que la empresa cesante os subroge y la entrante no quiera subrogaros (ambas con razón o sin ella), es muy importante que sigáis el procedimiento jurídico, que es denunciar a AMBAS  empresas y quien decidirá en cual os quedáis será  el Juez.


Artículo 14. Subrogación de servicios.



Dadas las especiales características y circunstancias de la actividad, que exigen la movilidad de los trabajadores de unos a otros puestos de trabajo, este artículo tiene como finalidad garantizar la estabilidad en el empleo de los trabajadores de este sector, aunque no la estabilidad en el puesto de trabajo, con clara diferenciación entre subrogación de servicios de vigilancia, explosivos y sistemas y de transporte de fondos, en base a la siguiente Normativa:

A) Servicios de Vigilancia, Sistemas de Seguridad, Transporte de Explosivos y Guardería Particular de Campo:
Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o privado, por rescisión, por cualquier causa, del contrato de arrendamiento de servicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los contratos de los trabajadores adscritos a dicho contrato y lugar de trabajo, cualquiera que sea la modalidad de contratación de los mismos, y/o categoría laboral, siempre que se acredite una antigüedad real mínima, de los trabajadores afectados en el servicio objeto de subrogación, de siete meses inmediatamente anteriores a la fecha en que la subrogación se produzca, incluyéndose en dicho período de permanencia las ausencias reglamentarias del trabajador del servicio subrogado establecidas en los Artículos 45, 46 y 50 de este Convenio Colectivo, las situaciones de Incapacidad Temporal y suspensiones disciplinarias, cualquiera que sea su causa, excluyéndose expresamente las excedencias reguladas en el Artículos 48, salvo los trabajadores que hayan sido contratados por obra o servicio determinado.
Asimismo procederá la subrogación, cuando la antigüedad en la empresa y en el servicio coincidan, aunque aquella sea inferior a siete meses.
Igualmente procederá la subrogación cuando exista un cambio en la titularidad de las instalaciones donde se presta el servicio.
B) Servicios de Transportes de Fondos:
La empresa cesante determinará, de acuerdo con la representación de los trabajadores, el número de servicios prestados, o "paradas", que se hubiesen realizado, en las Entidades objeto de la Subrogación, durante los siete meses inmediatamente anteriores a la fecha de la subrogación. Tales servicios computarán para determinar el número de trabajadores que deben ser subrogados de acuerdo con las siguientes reglas y supuestos:
B.l.   Población de más de doscientos mil habitantes:
Se dividirá el número de servicios prestados entre siete, y la media resultante entre seis.
B.2.   Población de menos de doscientos mil habitantes:
Se dividirá el número de servicios prestados entre siete, y la media resultante entre cuatro.

La población de referencia será la capital o, en su caso, la ciudad de mayor población, de la provincia donde se encuentra el centro de trabajo de la Empresa cedente del Servicio.
B.3.    Normas comunes a B. 1 y B.2: En ambos casos:
a) La cantidad resultante, que es la jornada mensual a subrogar, se
dividirá entre 162 horas, siendo el cociente de dicha operación el
número de trabajadores que deben ser subrogados, multiplicado por la
dotación del vehículo blindado.
El cociente se incrementará a un entero cuando contenga decimal igual o superior a cinco décimas.
No obstante, si una vez aplicada la regla anterior, la cifra resultante fuese inferior a 0'5 y, consiguientemente, no procediese a efectuar ninguna subrogación de personal, si la nueva empresa adjudicataria obtuviese durante los doce meses siguientes, la adjudicación de servicios que tuviese la misma empresa cesante, esta cifra anterior será, en todo caso, sumada a la nueva cifra resultante a los efectos de subrogación del personal.
Únicamente podrán subrogarse tripulaciones completas sin perjuicio de lo establecido en el apartado C.1.4. de este artículo
Para la determinación de los trabajadores a subrogar, se estará a lo que acuerden los representantes de los trabajadores y la Dirección de la Empresa. A falta de acuerdo se procederá por sorteo, por categorías, en presencia de los representantes de los trabajadores. En ambos casos, los trabajadores objeto de la subrogación deberán estar adscritos al turno en el que se prestaban los servicios que motivan la subrogación, salvo que se trate de trabajadores sin turno fijo o que se hayan presentado voluntarios para la subrogación. Cuando la subrogación esté basada en la acumulación de varios servicios, el turno de trabajo a tener en cuenta será el del servicio con mayor número de paradas.
d) En caso de que la empresa cesante pierda la totalidad de los
servicios, la empresa adjudicataria deberá quedarse con todo el
personal. En el caso de que sean varias las empresas adjudicatarias,
deberán quedarse con todo el personal de acuerdo con los porcentajes
asignados.
Contadores-Pagadores: La empresa que pierda un contrato de manipulación de efectivo (contaje) en favor de otra, ésta estará obligada a subrogarse en el número de contadores-pagadores resultante de dividir el importe de la facturación media mensual perdida de los últimos siete meses, entre 2.000 euros.
No obstante, si una vez aplicada la regla anterior, la cifra resultante fuese inferior a 0'5 y, consiguientemente, no procediese efectuar ninguna subrogación de personal, si la nueva empresa adjudicataria obtuviese durante los doce meses siguientes la adjudicación de servicios

que tuviese la misma empresa cesante, esta cifra anterior será, en todo caso, sumada a la nueva cifra resultante a los efectos de subrogación del personal.
C) Obligaciones de las Empresas cesante y adjudicataria, comunes para A) y B):
C. 1 ADJUDICATARIA CESANTE: La Empresa cesante en el servicio:
1.- Deberá notificar al personal afectado la resolución del contrato de arrendamiento de servicios, así como el nombre de la nueva adjudicataria, tan pronto tenga conocimiento formal de una y otra circunstancia.
2.- Deberá poner a disposición de la nueva adjudicataria, con antelación mínima de tres días hábiles a que ésta dé comienzo a la prestación del servicio, o en igual plazo desde que tuviese conocimiento expreso formal de la adjudicación, si éste fuera posterior, la documentación que más adelante se relaciona.
a) Certificación en la que deberá constar trabajadores afectados por la subrogación, con nombre y apellidos, fecha de nacimiento, nombre de los padres; estado civil; D.N.I.; número de afiliación a la Seguridad Social; situación familiar (n° de hijos), naturaleza de los contratos de trabajo, y categoría profesional.
b) Fotocopia de las nóminas de los tres últimos meses, o períodos inferior, según procediere.
c) Fotocopias de los TC1 y TC2, de cotización a la Seguridad Social, de los últimos tres meses, o período inferior si procediera con acreditación de su pago.
d) Fotocopia de los contratos de trabajo suscritos, cuando se hayan concertado por escrito así como fotocopia de todos los acuerdos o pactos de empresa que tengan los trabajadores afectados como condición más beneficiosa..
e)  Fotocopias de la Cartilla Profesional, Tarjeta de Identidad Profesional y, en su caso, Licencia de Armas.
Periodo de vacaciones asignado al trabajador en la empresa anterior.
Cualquier otro documento que proceda o se requiera a estos efectos, necesario o preceptivo, por la adjudicataria entrante.

3. Deberá atender, como único y exclusivo obligado:
a)  Los pagos y cuotas derivados de la prestación del trabajo hasta el momento del cese en la adjudicación, y
b) La liquidación por todos los conceptos, incluidas vacaciones dado que la subrogación sólo implica para la nueva Empresa adjudicataria la obligación del mantenimiento del empleo de los trabajadores afectados.
Tendrá la facultad de quedarse con todos, o parte, de los trabajadores afectados por la subrogación.
Responderá de las consecuencias derivadas de la falsedad o inexactitud manifiesta que la información facilitada puedan producir a la empresa adjudicataria, todo ello sin perjuicio de la reversión a la misma de los trabajadores indebidamente subrogados.
C.2. NUEVA ADJUDICATARIA: La Empresa adjudicataria del servicio:
1.- Deberá respetar al trabajador todos los derechos laborales que tuviese reconocidos en su anterior empresa, incluida la antigüedad, siempre que éstos provengan de pactos o acuerdos lícitos que se hayan puesto en su conocimiento, junto con la documentación pertinente, o que el trabajador pueda demostrar.
2.- Deberá respetar el periodo vacacional pactado con la anterior empresa y pendiente de disfrutar por el trabajador objeto de subrogación, si bien el periodo devengado con la anterior empresa no será abonado ni cotizado por la nueva adjudicataria, al haber sido compensado económicamente en la correspondiente liquidación de haberes. En caso de que el trabajador optara por disfrutar del periodo de vacaciones liquidado, se colocará en situación de excedencia especial por este periodo de tiempo, con reserva de su puesto de trabajo.
3.- No desaparece el carácter vinculante de la subrogación en el caso de que el arrendatario del servicio suspendiese o redujese el mismo, por un período no superior a doce meses, si la empresa cesante o los trabajadores, cuyos contratos de trabajo se hubiesen resuelto, o no, por motivo de esta suspensión o reducción, probasen, dentro de los treinta días siguientes a la terminación del plazo citado, que el servicio se hubiese reiniciado o ampliado por ésta o por otra empresa.
D) Subrogación de los Representantes de los Trabajadores.
Los miembros del Comité de Empresa, los Delegados de Personal y los Delegados Sindicales, podrán optar, en todo caso, entre permanecer en su empresa o subrogarse a la empresa adjudicataria, salvo en los supuestos siguientes:

Que hubiera sido contratado expresamente por obra o servicio determinado para el centro afectado por la subrogación.
Que haya sido elegido específicamente para representar a los trabajadores del Centro de Trabajo objeto de subrogación, siempre que afecte a toda la plantilla del Centro.
c) Que la subrogación afecte a la totalidad de los trabajadores del art.18
grupo IV de la unidad productiva.
En estos supuestos, los Delegados de Personal, miembros del Comité de Empresa y Delegados Sindicales, pasarán también subrogados a la nueva Empresa adjudicataria de los servicios.

SUBROGACION DE SERVICIOS

Otro momento de nuestras vidas laborales como Vigilantes, que mas dudas crea cuando se produce, son las subrogaciones de servicio, es decir cuando en el servicio en el que trabajas cambia de empresa de Seguridad.

Este derecho esta protegido y recogido en el articulo 14 del convenio nacional de empresas de seguridad.

Este articulo es muy, muy importante, ya que viene a garantizar la estabilidad en el empleo y que las empresas no se aprovechen de sus relaciones mercantiles con los clientes, para dejarnos sin trabajo.
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domingo, 15 de mayo de 2011


¡¡ME CAMBIAN DE SERVICIO!! ¿QUE HAGO?

Posiblemente, cuando a los Vigilantes nos cambian de servicio (por el motivo que sea), este sea el momento donde mas incertidumbre tenemos. Por eso es muy importante estar informado para reclamar lo que en derecho nos corresponda. A continuación os damos unos consejos para llevar lo mejor posible esta situación.

Molificación de jornada de trabajo y horario.

Si resultáis afectados por un cambio de servicio, la empresa puede incurrir en una modificación de las condiciones de trabajo (articulo 41 del Estatuto de los Trabajadores). La empresa incurre en modificacion sustancial solo en los siguientes supuestos:

a) Jornada de trabajo.
b) Horario.
c) Régimen de trabajo a turnos.
d) Sistema de remuneración.
e) Sistema de trabajo y rendimiento.
f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.


DESCANSOS:

Dice el artículo 34 4) del E.T.: “Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de seis horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a 15 minutos. Este tiempo de descanso se considerara como tiempo efectivo de trabajo cuando así esté establecido o se establezca así por convenio colectivo o contrato de trabajo”


COMPUTO MENSUAL:

La empresa tiene la obligación de proporcionaros una jornada de trabajo de 162 horas mensuales como marca el convenio colectivo, si no lo hiciera ésta no debe descontaros el tiempo deficitario cuando generéis horas extras en los meses siguientes.

CUADRANTE MENSUAL:

La empresa tiene obligación de facilitar al trabajador un calendario anual, con los descansos marcados por ley (en seguridad este candelario suele ser mensual, llamado cuadrante) con el fin de que éste pueda conciliar su vida profesional con la familiar.

TRASLADOS A LA EMPRESA:

Si la empresa a petición propia, os requiriera para que acudáis fuera de vuestro horario laboral a cualquier domicilio social de la misma por cualquier causa: reuniones, recogida de vestuario, etc.… debe de abonaros como tiempo de trabajo efectivo el tiempo que empleéis (desplazamiento incluido) en efectuar este trámite.

ABUSOS DE AUTORIDAD:

El artículo 58 del convenio colectivo dice: “Todo trabajador podrá dar cuenta por escrito a través de la representación de los trabajadores a la Dirección de cada Empresa de los actos que supongan abuso de autoridad de sus jefes. Recibido el escrito, la Dirección abrirá el oportuno expediente en el plazo de cinco días, debiendo dar contestación al citado escrito en los diez días siguientes a éstos y por escrito. En caso contrario, los representantes de los trabajadores deberán formular la oportuna denuncia ante la Autoridad Laboral competente”.
Ante cualquier abuso o acoso de vuestros mandos intermedios acudid a vuestro delegado sindical de UGT para que lo denuncie en forma y tiempo.

¡¡ME CAMBIAN DE SERVICIO!! ¿QUE HAGO?

Posiblemente, cuando a los Vigilantes nos cambian de servicio (por el motivo que sea), este sea el momento donde mas incertidumbre tenemos. Por eso es muy importante estar informado para reclamar lo que en derecho nos corresponda. A continuación os damos unos consejos para llevar lo mejor posible esta situación.
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Vigilantes de seguridad en Cataluña ¿agentes de la autoridad?

Segun parece, tenemos reaccion de la administración catalana ante el asesinato y las continuas agresiones a los vigilantes de seguridad que trabajan en servicios de transporte publico. ¿La administracion catalana va por delante? sigue leyendo

Vigilantes de seguridad en Cataluña ¿agentes de la autoridad?

Segun parece, tenemos reaccion de la administración catalana ante el asesinato y las continuas agresiones a los vigilantes de seguridad que trabajan en servicios de transporte publico. ¿La administracion catalana va por delante? sigue leyendo

sábado, 14 de mayo de 2011


Formacion para Vigilantes en Fes-Ugt-Madrid


Como muchos de vosotros ya sabéis, porque habéis hecho cursos en nuestro centro de formación homologado, tenemos cursos para los vigilantes de seguridad para este año.

Los cursos a los cuales podéis acceder trabajadores que actualmente trabajen en el sector de seguridad privada son:

Vigilante de explosivos ... 32 H.
Operador de equipos radiológicos ... 30 H.
Escolta privado ... 65 H.
Preparación e instrucción de tiro ...35 H.

Para informarte de los cursos, haz click en la imagen.

Formacion para Vigilantes en Fes-Ugt-Madrid


Como muchos de vosotros ya sabéis, porque habéis hecho cursos en nuestro centro de formación homologado, tenemos cursos para los vigilantes de seguridad para este año.

Los cursos a los cuales podéis acceder trabajadores que actualmente trabajen en el sector de seguridad privada son:

Vigilante de explosivos ... 32 H.
Operador de equipos radiológicos ... 30 H.
Escolta privado ... 65 H.
Preparación e instrucción de tiro ...35 H.

Para informarte de los cursos, haz click en la imagen.

Grados de parentesco en los permisos retribuidos

Como sabréis, los trabajadores tenemos días de permisos retribuidos en casos, p.e. enfermedad de un familiar, y en estos casos  las consultas mas habituales son si dentro de esos familiares, que en nuestro convenio quedan recogidos en el articulo 46, están, p.e. los tíos, abuelos, etc. pues bien en el documento que podéis descargar pinchando aqui, se describen los grados de consanguinidad y afinidad.

Grados de parentesco en los permisos retribuidos

Como sabréis, los trabajadores tenemos días de permisos retribuidos en casos, p.e. enfermedad de un familiar, y en estos casos  las consultas mas habituales son si dentro de esos familiares, que en nuestro convenio quedan recogidos en el articulo 46, están, p.e. los tíos, abuelos, etc. pues bien en el documento que podéis descargar pinchando aqui, se describen los grados de consanguinidad y afinidad.

miércoles, 11 de mayo de 2011


Manual Basico de Derechos Laborales del Vigilante de seguridad

Como dice el encabezamiento, desde la sección sindical de UGT, hemos creado un manual básico en material laboral, para que tod@s conozcáis vuestros derechos mínimos, ya que de las obligaciones se encarga de hacerlas saber los empresarios.

      Como decimos, es un manual básico, por tanto si tenéis alguna duda, o queréis ampliar algún tema, no lo dudéis, poneros en contacto con nosotros.

Aprovecharlo como creais oportuno.

Para decargarlo pinchar en la imagen

Un libro. Resistencia Sindical

                                                                descargar

Un libro. Resistencia Sindical

                                                                descargar

lunes, 9 de mayo de 2011


Reconocimientos médicos (renovación TIP, licencia armas, carnet de conducir, etc)

¿Sabeis que cerca de la sede de la calle Pajaritos, hay un centro medico que a los trabajadores Prosegur nos hacen descuento en los reconocimientos médicos?

Pues si no lo sabéis, ahora ya si.  La dirección es :

C/ Cruz del Sur, 13 Bajo B
(esquina a c/ Estrella Polar)
Telf.- 91 574 06 43

Pinchar en la imagen y os podéis descargar un pequeño plano.

Saludos

Formación para mayo y junio en Prosegur.



Sin que sirva de precedente de que le hagamos publicidad a Prosegur, pinchar en la imagen y vereis los cursos de formación a los que os podéis apuntar en los próximos meses, así os evitamos el paseo hasta Pajaritos para enteraos.

Se me olvida, recordad que la formación que realizáis es abonada al precio de vuestra hora extra.

Saludos

Formación para mayo y junio en Prosegur.



Sin que sirva de precedente de que le hagamos publicidad a Prosegur, pinchar en la imagen y vereis los cursos de formación a los que os podéis apuntar en los próximos meses, así os evitamos el paseo hasta Pajaritos para enteraos.

Se me olvida, recordad que la formación que realizáis es abonada al precio de vuestra hora extra.

Saludos

domingo, 8 de mayo de 2011


"Reacciona"

Manual para volver a ser ciudadano y no súbdito sigue leyendo
Fuente ELPAIS.COM

"Reacciona"

Manual para volver a ser ciudadano y no súbdito sigue leyendo
Fuente ELPAIS.COM

sábado, 7 de mayo de 2011


Boletin El Pregon (may 11)

Llevamos años publicando nuestro boletin El Pregon. Hasta ahora lo enviabamos por correo ordinario a nuestros afiliados y asi seguiremos haciendolo. Ahora tambien lo podreis descargar pinchando en la imagen.





EL ESTRES EN SEGURIDAD PRIVADA


    
      El desarrollo del trabajo en vigilancia de seguridad privada presenta unas características únicas que derivan en riesgos susceptibles de producir lesiones para la salud, bien en forma de accidentes bien en forma de patologías, físicas y psíquicas.
      Para intentar reducir al mínimo estas lesiones o patologías, desde UGT se elaboro el manual que podéis descargar haciendo click en la foto

Sobre el ingreso de Esperanza Aguirre: carta de una limpiadora de un hospital público


(fuente: CAS Madrid)
Madrid, 22 de febrero de 2011
No es de mi agrado, aprovechar enfermedades que no deseo a nadie, pero no puedo callar lo que siento y pienso.
Doña Esperanza Aguirre a 90 días de las elecciones hace público su estado de salud… Y más que transparencia, me sabe a publicidad de campaña pre-electoral. Desde luego, a esta mujer, hasta un cáncer le es útil para luchar y competir. A mí ni me apena, ni me alegra, ni me afecta que le detectaran tan precozmente un simple bulto en la mama. No es familiar ni amiga mía. Son cada vez más y más mujeres que padecen de un cáncer de mama, y muchas pierden un pecho, y muchas aún fallecen, y muchas otras, felizmente, salen adelante. Lo más preocupante para mi, al respecto, sería saber ¿qué hacemos para que en esta sociedad aturdida por tanto consumismo y poco respeto por nuestro entorno, tenemos cada vez un mayor incremento de cánceres de mama?
Pero, tanto alarde y publicidad al respecto me pone mala. Y que a cada vez que un personaje político pasa por la pública, aprovechen para hacer su reclamo publicitario con respecto a una sanidad pública que atropellan, destruyen, privatizan… me enoja por encima de todo. Y aún más si esa misma persona reza tener tanto interés por nuestra sanidad, cuando es una de las principales personas a quien solo le interesa el dinero, el poder y poco le importa la salud y los derechos de los ciudadanos de a pie.
Así tenemos a la “Belén Esteban” del circulo político haciendo su show. Una persona que no va a tener problema alguno, con hacerse todas las pruebas en un tiempo record,(que dicho de paso, podrían haberse realizado en la privada), en ser operada de inmediato por los mejores cirujanos, sin temer por “su” tristemente famosa lista de espera, y que va a paralizar como poco, media planta para ella sola. Pero muy chula ella va a la pública… Y lo proclama.
Soy una limpiadora de la sanidad pública, y se lo que conlleva tener un político entre nuestras paredes. Para ellos solos, como mínimo: media planta bloqueada, para ellos solos los mejores médicos, cirujanos, fisioterapeutas, volcados al 100% sobre ese caso, para su exclusividad una sola limpiadora que se aburre religiosamente todo el puñetero día, teniendo que estar pendiente de cualquier cosa que pueda surgir. Se nos entrega un carro nuevo. Los políticos no pueden ver un carro viejo. Los cubos también son nuevos y relucientes. La fregona recién estrenada. La presa: ídem, El palo de la fregona y escoba, recién sacados del almacén. Que no falte un cepillo sin estrenar… Todo exclusivamente para ellos. A lo largo del año, tenemos que trabajar de cualquier manera, con palos rotos, carros que se atascan, en vez de rascadores, con cuchillos o lo que pillemos, y mucho nos cuesta obtener que nos cambien el carro que nos rompe la espalda un día sí y otro igual, o una presa que escurra sin que tengamos que destrozarnos el lomo.
Volviendo a nuestra planta bloqueada y “super” vigilada:
El carro, sus artilugios y la limpiadora al pie del cañón pero sin ser visibles. Solo si se precisa de nuestra intervención, saldremos del escondite que se nos asigna, para sigilosamente cumplir en el acto sin la más mínima espera, la labor solicitada y desaparecer otra vez a esperar la siguiente alerta.
Si vienen familiares, la Casa Real, o políticos a visitar al paciente, a las limpiadoras se nos pide que nos esfumemos junto con nuestro material para no dañar la vista soberbia de toda esa gente, que no sé en que planeta viven, en todo caso, no en el mismo que yo. Se nos hace fregar una y otra vez todos los pasillos por donde se les pudiese ocurrir pasar esas ilustres visitas. Hay un tal despliegue tanto inútil como vergonzoso cuando tenemos un paciente de esa índole, que deberían sonrojarse pensando en cómoy cuánto perturban un lugar público que ellos utilizan como si fuese un palacio privado con todo y todos a sus pies.
Y por cierto: Cuando acaba todo ese follón, todos los agradecimientos son siempre para los mismos, y los demás, como siempre, somos simple escoria invisible.
Así que como comprenderéis, cuando me voy a tomar un cafecito para relajarme, ya algo tensa por lo que no puedo fumar junto con mi cafecillo, cojo la prensa del día y veo que las noticias van del bultito de Doña Esperanza Aguirre, invadiendo varias páginas, me arruinan mi café, mi ratillo de relajo sin mi cigarrillito y recuerdo que de 100 ptas. que me costaba antes, ahora me está costando 1,40 euros y que mi sueldo sí menguó, al igual que los contratos ofertados…
G.V.

viernes, 6 de mayo de 2011


Permitirme recomendaros un libro



Desde su más rolliza infancia, el gordito Casciari arruinaba las fotos. Todas las fotos. Con el tiempo las cosas cambiaron. Se había convertido en un adolescente que arruinaba, sin querer, los momentos importantes de su vida: amores juveniles, estudios, vidas ajenas y la salud de sus mayores. El clima de Mercedes, el agobio de la situación familiar y la necesidad de escapar, lo impulsaron a la búsqueda de sí mismo por el camino de la escritura, el único sitio donde todavía es posible inventarse un pasado mejor.

El libro puedes descargarlo aqui gratis en formato pdf y si quereis pasarlo a otro formato para leerlo en cualquier ereader (iphone, ipad, etc) y no sabes como hacerlo, intentaremos ayudarte.

Baja por IT (incapacidad transitoria)

Cuando caemos malos y el medico nos da de baja lo aceptamos tal cual, ¿Pero os habeis preguntado en esa situacion cosas como cuanto cobraremos, pueden darnos el alta cuando quiera el medico, hasta cuando puedo estar de baja y si me dan de alta y no estoy deacuerdo? Pues si os las habeis hecho y no sabeis la respuesta, podeis hacer dos cosas, una, haceros de Legalitas, o dos, leer la informacion que aqui teneis disponible (os ahorrais la pasta y nos invitais a cafe) y si, ojala no ocurra, caeis de baja, como ya habreis leido esta informacion ya sabreis cuales son las respuestas.

¿Es que no pueden hacer nada los gobiernos?

!! Ufff !!!!! La pregunta del millon. Sigue leyendo ...

Un relato oficial con interminables rectificaciones

¿Bin Laden se resistió?

El lunes, el asesor jefe del presidente en la lucha contra el terrorismo, John Brennan, dio una primera versión en la que Osama bin Laden parecía haberse resistido como un jabato: "Bin Laden mantuvo un enfrentamiento contra los que entraron a la casa en la que se encontraba". Después se informó de que Bin Laden estaba desarmado, pero The New York Times' aseguraba ayer, citando una fuente anónima, que el líder de Al Qaeda estaba haciendo un gesto para alcanzar un AK-47, que tenía en el suelo al alcance de su brazo, al igual que una pistola Makarov. Algo que habría tenido tiempo de sobra de hacer si hubiera escuchado cualquiera de las explosiones previas o el tiroteo en el exterior de la vivienda. Sigue leyendo

La voz de Iñaqui (Gabilondo)


Un Video Blog interesante, muy interesante.
Para disfrutarlo pincha en la imagen.
Fuente: Elpais.com







jueves, 5 de mayo de 2011


Descargas en Internet

ELPAIS.com
05/05/11 12:41

Google puede sugerir RapidShare o Megaupload en las búsquedas, según una sentencia
Sigue leyendo

Evitar el acoso psicologico en el trabajo.


Esta mañana un compañero me comentaba la impotencia que te entra cuando un superior en tu trabajo te acosaba psicologicamente. Bien dandote ordenes absurdas, o quitandote derechos por el articulo 33, etc. Al compañero, ademas de darle la razon, le comentaba que en estos casos si no puedes o no sabes defenderte de un acoso psicologico, aunque despues lo denuncies, los efectos inmediatos son debastadores.

Para aprender a identificar cuando un trabajador o trabajadora es acosado, UGT a elaborado esta guia, que espero os sea de utilidad.
Puedes descargarlo pinchando aqui

Un saludo

¡¡ GRACIAS !!

Gracias a todos los compañeros y compañeras que en el dia de hoy habeis apoyado, en la asamblea de afiliados, la candidatura de UGT a las proximas elecciones en Prosegur.

¡MUCHAS GRACIAS!




miércoles, 4 de mayo de 2011


Prosegur se fusiona

Prosegur va a fusionar a todas las empresas de la compañia, menos Servimax, entorno a Prosegur Cia.
Se va a crear una empresa en Madrid de mas de 7000 trabajadores, una de la mas grande de la Comunidad.
¿Obtendremos los trabajadores algun beneficio? De momento incertidumbre.

Sigue aqui la noticia



Un saludo






Todos los trabajadores deberian llevar dentro un delegado sindical

¿Cual es la mejor manera de defenderse de las agrasesiones patronales? Facil, estando informados. Y quien deberia de saber mas que nadie de temas laborales en la empresa? Facil, el delegado sindical.

Guia del delegado sindical


Saludos







Estatuto de los trabajadores

Vamos a levantar la casa desde los cimientos y por tanto, en lo referente a legislacion, lo mas basico, normativamente esta por encima del convenio, es el Estatuto de los Trabajadores. Pegale un repaso y veras como te sorprende. Leelo aqui
Saludos






Triptico mutuas de accidentes

Ante las repetidas consultas que nos habeis hecho llegar sobre los accidentes en el trabajo y mutuas, pinchar aqui y podeis ver un triptico donde resume como debeis actuar en caso de accidente laboral. No dudeis en poneros en contacto con nosotros para cualquier duda.

Saludos




¿torturas justificadas?


Leon Panetta, director de la CIA, admitió anoche en la NBC que se usaron torturas para llegar a Bin Laden... Seguir leyendo







martes, 3 de mayo de 2011


Guía de condiciones de lugares de trabajo

      Aquí tenéis la guia editada por el INSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo), en la cual se desarrollan las condiciones de salubridad que tienen que tener vuestros lugares de trabajo tales como, espacio, iluminacion, temperatura, vestuarios, aseos, etc.

Es una guia bastante completa y muy útil.

      Se me olvidaba, lo descrito en esta guia es de obligado cumplimiento por las empresas.

      Si tenéis alguna duda o queréis mas información, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.

 Para descargarlo, pinchar sobre la imagen

     Un saludo

EEUU sigue dandole vueltas a las fotos

ELPAIS.com (@el_pais)
03/05/11
La Casa Blanca debate si mostrar las fotos del cadáver de Bin Laden Leelo aqui

Solo 16 semanas no bastan para estar con tu bebe

Un gran articulo del diario Publico, donde queda patente que la 16 semanas, que actualmente marcan la legislacion vigente, inmediatamente despues del parto,  no bastan para estar con tu bebé.