jueves, 22 de noviembre de 2012


Sentencia Audiencia Nacional: Impugnación de Convenio



Por fin tenemos la sentencia de la Audiencia Nacional ,sobre la impugnación del convenio colectivo nacional de empresas de seguridad de la demanda que interpuso la patronal AESPI, intentando anular dicho convenio.

La Audiencia Nacional en la sentencia dicta la no procedencia de la anulación que pedia esta patronal. Por tanto, el convenio Nacional de empresas de seguridad, a la espera de que sea publicado, tiene validez absoluta.

lunes, 19 de noviembre de 2012


COORDINACION DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

El articulo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos laborales, habla de la coordinación entre empresarios de los centros de trabajo en materia de Riesgos Laborales, el Real decreto 171/2004 desarrolla este articulo. Hablando en cristiano, este articulo y su desarrollo, en el mencionado real decreto, viene a decir que cuando en un servicio se identifica un riesgo para nuestra salud, no solo es responsable Prosegur, también lo es el cliente. Y cuando me refiere a un riesgo, no me refiero solo a caernos desde algún sitio, también es un riesgo para nuestra salud pasar frío, pasar calor, etc.
Normalmente, en Prosegur no quieren molestar al cliente con nimiedades, pero es mas, Prosegur no debería comenzar la prestación de un servicio sin haber elaborado la evaluación de Riesgos Laborales y para eso, el cliente, tiene que informar de los riesgos que corre el Vigilante en su centro de trabajo. ¿A que mola? ¿os imagináis al comercial de Prosegur exigiendo al cliente condiciones mínimas de salud para los Vigilantes? Pues así es. Así que si en vuestro servicio tenéis problemas de Salubridad, por favor poneos en contacto con nosotros.
Descargar Ley de Prevención de Riesgos Laborales aqui
Descargar Manual real Decreto 171/2004 (desarrollo articulo 24) aqui

domingo, 18 de noviembre de 2012


Ministerio del Interior: Anuario Estadístico


El Ministerio del Interior presenta la decimosexta edición del Anuario Estadístico, correspondiente al año 2011.

El Anuario pretende ser fuente de conocimiento de la realidad social en el ámbito del ejercicio de los derechos fundamentales y la seguridad ciudadana, presentando una información clara y sencilla, de interés tanto para los ciudadanos como para investigadores, medios de comunicación y sectores profesionales relacionados con estas materias.

Su elaboración parte de los datos recopilados y sistematizados por las distintas unidades del Departamento, que contribuyen de esta manera a lograr el compromiso de transparencia en el acceso a la información que mantiene el Ministerio del Interior en relación con sus actividades, siempre dentro de la política general del Gobierno en esta materia. 


  • Si quieres seguir leyendo, descargar ---> aquí


Sentencia: No procede el antiguo Comite de Empresa de Prosegur Blindados

Ante la adsorción de la empresa Prosegur Transporte de Valores por prosegur Cia de Seguridad, todos los sindicatos con representación en el comite de empresa, firmaron un acuerdo. Este acuerdo recogía la desaparición, como tal del  Comite de empresa de Prosegur Transporte de Valores y a cambio mantendrían todos los derechos como representantes de los trabajadores. 

Tres miembros del extinto comité de empresa de PTV fueron nombrados por ATES como delegados sindicales, para asistir a los plenos del Comite de Empresa de prosegur Cia. 

Y asistieron, a dos reuniones, Algo debieron ver los compañeros, porque salieron corriendo a poner una denuncia en contra de lo que ellos mismos habían firmado, es decir, después desistir de ser miembros del comité de empresa, se lo pensaron mejor y decidieron denunciar, reclamando que querían serlo. De locos vamos.

No sabemos si tuvo algo que ver, que una de esas dos reuniones era por motivos de una subrogación, y ese día se dieron cuenta de que  ya no podían ser ellos los que eligieran junto a la empresa, a que compañeros y compañeras subrogaban.

Pues después de todo esto, va un juez y dicta, que si querían seguir manteniendo la condición de miembros del comité de empresa, que no hubiesen firmado el acuerdo.

Podeis descargar la sentencia completa ---> aqui

SENTENCIA DEL TIRBUNAL SUPREMO

Sentencia muy interesante donde un trabajador solicito la jubilación en la empresa. Antes que se produzca se entera que puede alargar la edad de jubilación según las normas, comunica a la empresa que deja sin efecto su solicitud, pero esta entiende que tras su solicitud esta obligado a jubilarse y se extiguen la relación laboral, no pudiendo dejarla sin efecto. 

 El trabajador acude a la autoridad, y le da la razón, dado que todavía no se habia extingido la relación laboral en la empresa. Esta sentencia es muy interesante dado que puede ser aplicada, cuando el trabajador solicita la baja voluntanria, excedencia etc., antes que se produzca la puede dejar sin efecto, continuando con sus derechos laborales.

sábado, 17 de noviembre de 2012


VIDEO: HUELGA GENERAL #14N EN SEVILLA


Time lapse realizado en Sevilla el 14 de noviembre de 2012. Huelga General en España contra al plan de recortes y las políticas de austeridad llevadas a cabo por el Gobierno.

Realizado por Txetxu Rubio y Paco Cazalla de Nimbovisión Producciones.

viernes, 16 de noviembre de 2012


Manual Basico de Derechos Laborales del Vigilante de seguridad

Como dice el encabezamiento, desde la sección sindical de UGT en #prosegur, hemos creado un manual básico en material laboral, para que tod@s conozcáis vuestros derechos mínimos, ya que de las obligaciones se encarga de hacerlas saber los empresarios.

      Como decimos, es un manual básico, por tanto si tenéis alguna duda, o queréis ampliar algún tema, no lo dudéis, poneros en contacto con nosotros.

Aprovecharlo como creais oportuno.

Para decargarlo pinchar en la imagen

Juicio en la Audiencia Nacional por la impugnación del convenio nacional de empresas de seguridad

En el día de hoy ha tenido lugar el acto de conciliación en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional por la demanda presentada por AESPRI impugnando el convenio. Al no llegarse a un acuerdo, se ha procedido a celebrar el juicio. En el juicio, las partes han aportado las pruebas documentales pertinentes, y ha quedado visto para dictar resolución, de la cual os informaremos en cuanto se produzca. Adjuntamos las actas.



Sentencia sobre reclamación de dias libres anuales no disfrutados

Os adjuntamos sentencia de primera estancia donde un compañero gana una demanda contra la empresa OMBUS donde reclamaba los días compensatorios no disfrutados y que según el juez deben abonarse como hora extraordinaria. Este magistrado aplica la última sentencia del TS donde especifica los conceptos que entran en el calculo de la jornada ordinaria. Como recordatorio el convenio establece un total de 96 días libres al año, lo que marco en su dia el TS que si los dias de libranza son menores la empresa debe abonarlos al valor de la hora extraordinaria.

Podeis descargar la sentencia aquí

Denuncia Inspeccion de Trabajo: Representantes de los Trabajadores y Organizacion del trabajo


La seccion Sindical de UGT en #Prosegur hemos interpuesto #denuncia ante la Inspeccion Provincial de Trabajo de Madrid porque la empresa ejerce sus funciones organizativas relativas a los horarios, movilidad geográfica, establecimiento de turnos, etc. de forma totalmente unilateral sin que en ningún caso dé traslado, información o parecer a los representantes de los trabajadores, hallándose éstos ante una política de hechos consumados sin posibilidad de ejercer las funciones de relación con la empresa en los términos fijados por los artículos correspondientes del convenio colectivo de empresas de Seguridad y Estatuto de los Trabajadores.

¿Que quiere decir esto? Cuando a un trabajador/ra se le cambia de servicio (por el motivo que sea), se le modifica el cuadrante, se le cambia de turno, etc, es decir cualquier modificacion sobre un trabajador/ra, los representantes de los trabajaores tienen el derecho de ser informados para realizar asi, las alegaciones oportunas. Es la manera que la Ley tiene de defender a los trabajadores de los abusos de las empresas.

Si es tu caso, ponte en contacto con nosotros en  el teléfono 666411265 o en angel.ugt@gmail.com

Puedes ver la denuncia aquí 

miércoles, 14 de noviembre de 2012


SIGUE LA HUELGA #14N EN DIRECTO




Puedes seguir en directo la #huelgageneral del #14N haciendo click en la imagen.

martes, 13 de noviembre de 2012


Comite de Empresa: Acta de septiembre (13/09/2012)

Acta de septiembre (13/09/2012) descargar aqui

Huelga 14N: R.D. de Servicios Minimos


Adjuntamos el Real Decreto que regula los servicios minimos de la Huelga General del 14 de Noviembre.
 
Recordaros que el ejercicio de huelga en nuestro sector esta regulado desde el año 2002 por el Real Decreto 524 de 14 de Junio por el que se garantiza la prestación de servicios esenciales en el ambito de seguridad privada en situaciones de huelga.
 
En cualquier caso, dos cuestiones:
 
.- Si alguno quiere ejercer el derecho a la huelga y la prestación de su servicio no está contemplado en el marco de los servicios minimos que establece la norma y . no obstante, recibe la carta de servicios mínimos que se ponga inmediatamente en contacto con nosotros.
 
.- Si alguno recibe algún tipo de presión, amenaza o represalia por ejercer su derecho constitucional de huelga, poneros inmediatamente en contacto con nosotros.
 
Como sección sindical participaremos en los piquetes informativos en la jornada de huelga, y, os invitamosa que participies con nosotros.

Contacto
Tlfno.- 666411265
angel.ugt@gmail.com

Descarga aqui el el RD de servicios minimos
 

PROSEGUR, INFORME ANUAL 2011-ACCIONISTAS E INVERSORES


Fuente: www.prosegur.com

En los informes anuales se detalla todo lo relativo al negocio, como tal, de Prosegur como ente mercantil.

El del 2011 no tiene desperdicio. Puedes descargarlo aquí

lunes, 12 de noviembre de 2012


Reconocimientos médicos (renovación TIP, licencia armas, carnet de conducir, etc)

¿Sabeis que cerca de la sede de la calle Pajaritos, hay un centro medico que a los trabajadores Prosegur nos hacen descuento en los reconocimientos médicos?

Pues si no lo sabéis, ahora ya si.  La dirección es :

C/ Cruz del Sur, 13 Bajo B
(esquina a c/ Estrella Polar)
Telf.- 91 574 06 43

Pinchar aquí y os podéis descargar un pequeño plano.

Saludos

ERE SECURITAS: PRIMERA REUNION


Fuente: La voz del Vigilante

El pasado día 8 de noviembre, la empresa Securitas, convocó a los sindicatos más representativos a una reunión en la que nos trasladaron su decisión de iniciar un ERE, el cual afectará a casi 600 trabajadores de toda España. 

Descarga el comunicado de la sección sindical de UGT en SECURITAS ----> aquí
Descarga el acta de la reunion ----> aqui

domingo, 11 de noviembre de 2012


La facturación de Prosegur crece un 33 por ciento en el tercer trimestre de 2012 hasta alcanzar los 2.701 millones de euros



Fuente: www.prosegur.com

La facturación de Prosegur crece un 33 por ciento en el tercer trimestre de 2012 hasta alcanzar los 2.701 millones de euros

La facturación de Prosegur ha alcanzado durante el tercer trimestre del año, los 2.701 millones de euros, un incremento del 33 por ciento con respecto al mismo periodo de 2011. De esta manera, la Compañía, cuyo crecimiento orgánico representa el 11 por ciento de este aumento en las ventas, continúa reforzando su posición de referencia en el sector de la seguridad privada en cada uno de los mercados en los que desarrolla su actividad.

El EBIT, o resultado operativo antes de intereses e impuestos, ha sido de 222 millones de euros, casi un 13 por ciento más que el registrado durante el pasado ejercicio, con un margen operativo sobre las ventas del 8 por ciento. Por otro lado, el beneficio neto consolidado en este periodo del año se ha situado en los 114 millones de euros, un crecimiento negativo del 2 por ciento con respecto a 2011. Esta cifra, en línea con lo esperado, se debe, entre otros motivos, al efecto de tipo de cambio, así como a los gastos generados por las distintas adquisiciones realizadas por la Compañía.

Prosegur cuenta con una estrategia basada en la cercanía al cliente, calidad e innovación, unido a una sólida posición financiera. Por este motivo, otro de los aspectos a destacar durante este ejercicio, ha sido la mejora de casi un 90 por ciento en la generación de caja, lo que demuestra la consistencia del modelo de negocio.

Por otro lado, en línea con la política de desarrollo de negocio de Prosegur en áreas geográficas en las que aún no está presente, la Compañía ha firmado un acuerdo bajo la fórmula de Joint Venture, con el holding de empresas IDS, presente en las ciudades de Shanghai, Chengdu y Hangzhou, para iniciar un periodo de aprendizaje en la prestación de servicios de vigilancia en China. IDS cuenta con una plantilla de 3.000 empleados y tuvo en 2011 una facturación de más de 18 millones de euros. Prosegur realizará una inversión de 10 millones de euros en los próximos dos años.

Por áreas geográficas, las ventas en la región Europa-Asia se han situado en 1.106 millones de euros, un incremento de más de un 15 por ciento con respecto al mismo periodo del año anterior. En España, a pesar del complejo entorno económico, la facturación se mantiene en línea con la del pasado ejercicio, con unas ventas de 703 millones de euros, gracias a la apuesta por una oferta especializada por sectores y al esfuerzo comercial. Por su parte, Latinoamérica ha incrementado en casi un 50 por ciento los ingresos, alcanzando los 1.595 millones de euros, lo que muestra la importancia de este mercado para la Compañía.

Comportamiento positivo de las tres líneas de negocio Prosegur ha registrado un comportamiento positivo en sus tres líneas de negocio como consecuencia de su oferta integral de servicios de seguridad y de la destacada aportación de Latinoamérica y Alemania. La Compañía ha registrado en el área de Vigilancia una facturación de 1.245 millones de euros, casi un 25 por ciento más respecto al mismo periodo de 2011. Las ventas en Europa–Asia han aumentado hasta los 679 millones de euros, lo que supone un crecimiento de cerca del 4 por ciento. En Latinoamérica, Prosegur ha registrado unas ventas de 566 millones de euros, un 65 por ciento más.

Por su parte, la línea de Logística de Valores y Gestión de Efectivo ha alcanzado en el periodo de enero a septiembre de 2012, una facturación de 1.156 millones de euros, más de un 46 por ciento que en el pasado ejercicio. Los ingresos en Europa-Asia han crecido en casi un 80 por ciento con una facturación de 281 millones de euros, mientras que en Latinoamérica esta cifra se sitúa en 875 millones de euros, cerca de un 38 por ciento más.

En la división de Tecnología, es importante resaltar que la Compañía ha registrado un incremento del 24 por ciento con respecto al 2011, hasta alcanzar unos ingresos de 300 millones de euros. Con el crecimiento de esta área, que engloba el desarrollo de sistemas integrados de seguridad y de protección contra incendios así como una amplia gama de productos para el ámbito residencial y de medianas y pequeñas empresas, Prosegur confirma su apuesta por este segmento que completa la oferta integral de servicios. Por regiones, la facturación en Europa-Asia, ha alcanzado los 145 millones de euros mientras que en Latinoamérica se ha situado en 155 millones de euros.

Prosegur, una compañía responsableProsegur es consciente de la importancia de su capital humano, formado por más de 155.000 profesionales, que trabajan en sintonía con las necesidades de los clientes. Esta calidad en el servicio, le permite seguir creciendo y desarrollando nuevas soluciones y servicios como empresa responsable.

La política de Responsabilidad Corporativa de Prosegur tiene como objetivo la creación de valor sostenible en el largo plazo para sus clientes, empleados, accionistas, proveedores y la sociedad en general. La Compañía, adherida desde 2002 al Pacto Mundial de Naciones Unidas, es socia y miembro del Comité Ejecutivo de la Red Española del Pacto Mundial. Prosegur también forma parte del índice de sostenibilidad FTSE4Good IBEX, que permite a los inversores responsables identificar e invertir en aquellas empresas que cumplen con los estándares globales de responsabilidad corporativa.

Denuncia Inspección de Trabajo: Por no informar de los déficit de jornada y como se han recuperado.

Ultimamente la empresa no es capaz de repartir la carga de trabajo entre todos los trabajadores. Asi, mientras hay compañeros que realizan horas extraordinarias, hay otros que no les dan un cuadrante con la jornada minima  establecida, es decir, 162 h mensuales.

Que a un vigilante le den un cuadrante con 162 h, ademas de una obligación, es un derecho. Es el derecho a la ocupación efectiva de trabajo. Es mas, el Estatuto de los Trabajadores recoge en su el articulo 30:
Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo.
Pero claro, eso de que Prosegur cumpla con la Ley...,  es un caso para expediente X, porque después desde el departamento de operaciones intentan que el trabajador recupere una jornada que no tiene porque recuperar. Es decir, como no son capaces de organizar el trabajo, que es su función, acaba pagando el que menos culpa tiene, el vigilante, y los que provocan esta situación se van, como siempre, de rosetas (o de amarillo, porque eso del color corporativo).

Si es vuestro caso, tenéis que registrar un escrito inmediatamente en el departamento de operaciones, reclamando la jornada que os falte y posteriormente interponer denuncia ante la Inspección de Trabajo, o mejor, os ponéis en contacto con la sección sindical (tfno 666411265 o angel.ugt@gmail.com) y lo hacemos nosotros.

Puedes descargar la denuncia aquí


viernes, 9 de noviembre de 2012


DESPUES DE CHINA, 11 MILLONES DE INVERSION EN INDIA

Acuerdo entre Prosegur y SIS para prestar servicios conjuntos de Logística de Valores en India


Fuente: www.prosegur.com
Prosegur y SIS, uno de los principales grupos de seguridad en Asia, han alcanzado un acuerdo, pendiente de aprobación por las autoridades locales, para la creación de una sociedad que desarrollará el negocio de Logística de Valores y Gestión de Efectivo (LVGE) en India

El grupo SIS facturó en 2010 en todas sus divisiones cerca de 250 millones de euros, cuenta con una plantilla de 52.000 empleados y mantiene una cartera de más de 3.000 clientes

 La iniciativa consolida la estrategia de Prosegur por la expansión internacional en Asia
Madrid, 26 de mayo de 2011. – Prosegur y SIS han formalizado una alianza, bajo la fórmula de Joint Venture, en función de la cual ambas empresas participarán al 49% y 51%, respectivamente, en una sociedad, con sede en India, a través de la cual prestarán servicios de Logística de Valores y Gestión de Efectivo en aquel país.

SIS aportará a la nueva sociedad su división actual de Logística de Valores y Gestión de Efectivo y Prosegur suscribirá una ampliación de capital por un importe aproximado a los 11 millones de euros, según el acuerdo alcanzado, pendiente de la aprobación de las autoridades locales competentes. La compañía operará bajo la marca SIS-Prosegur.

 Con esta operación, Prosegur continúa con su política de desarrollo de negocio en áreas geográficas en las que aún no está presente.

 El mercado indio de seguridad es uno de los más grandes en el mundo, aunque actualmente está muy fragmentado y se caracteriza por su gran dinamismo mostrando tasas de crecimiento superiores al 20%.

El mercado de Logística de Valores y Gestión de Efectivo en este país ofrece grandes oportunidades de crecimiento debido al propio grado de desarrollo de la actividad, al crecimiento de la bancarización de la población y a la proliferación de cajeros automáticos. Por otro lado, el sector bancario está sufriendo un proceso de externalización con el objetivo de mejorar la eficiencia de sus operaciones.

 

Denuncia Inspeccion de Trabajo: Por no entregar un listado nominal de catgorias y funciones de Metro de Madrid


Desde la Seccion Sindical de UGT hemos interpuesto denuncia, en la Inspección provincial de Trabajo, contra Prosegur por no entregar la un listado nominal de las categorías y funciones de todos los trabajadores de Metro de Madrid.

Puedes descargar la denuncia aquí

Cuidado con las Horas Extras en el mes que disfrutéis vacaciones, que en Prosegur tienen alas

Hemos detectado casos en los que a los compañeros no se les abonaban horas extras y al reclamarlas nos encontramos con la siguiente explicación:
Los dias de vacaciones ya no se computan con 5,24 horas por día, como se ha hecho siempre, si por ejemplo, tienes 15 dias de vacaciones en un mes, el resto que hagas, por ejemplo 100, son para completar la jornada, porque las vacaciones no pueden generar horas extras.
¿Increíble verdad? Lo lógico, legal y razonable es que si tengo medio mes de vacaciones el resto de los dias del mes que trabaje, tenga que realizar la mitad de la jornada mensual, es decir 81 horas.

Después de esta ridícula explicación, empezaron a venir cientos de hipótesis a nuestra cabeza, cada cual mas loca, desde que Prosegur quería solucionar el exceso de horas extras, NO ABONANDOLAS, hasta pensar que alguien se había vuelto loco.

Después de algunas llamadas, desde el departamento correspondiente nos han comunicado, que en el caso en concreto que estábamos tratando, no hay problema en habonarle esas horas extras que reclamábamos.

Todavia queda alguna reclamacion pendiente, por tanto, no vamos a bajar la guardia y vamos a pedir una rectificacion por escrito, mas que nada, para alejar los malos pensamientos. Por si acaso, estar pendientes a vuestras nominas, no vaya a ser el demonio de que no se trate de un error puntual.

Denuncia Inspección de Trabajo: Por no informar sobre la reestructuración de los Jefes de Modulo de Metro




Desde la Seccion Sindical de Ugt hemos interpuesto denuncia, en la Inspección provincial de Trabajo, contra Prosegur por no entregar la documentación relativa a la restauración de los jefes de modulo, Inspectores, de Metro de Madrid. 





Puedes descargar la denuncia aquí



Denuncia Inspección de Trabajo: Por no informar de la operativa del servicio Metro


Desde la sección sindical de Ugt, hemos interpuesto denuncia ante la Inspección Provincial de Madrid contra Prosegur y Metro de Madrid, por no entregar la documentación relativa a la operativa del mencionado servicio.

Podéis descargar la denuncia aquí

jueves, 8 de noviembre de 2012


La Seccion Sindical de UGT en Prosegur madrid, dice ¡¡BASTA YA!!














DE: SECCION SINDICAL DE UGT
A: Departamento de RRLL de Prosegur Cia. De Seguridad


Madrid a 6 de noviembre de 2012



Estimados señores:


El pasado día 31 de octubre, Ángel García Marco, miembro de esta sección sindical y miembro del comité de empresa, acompañó, a petición de estos, a un número de trabajadores/as todos ellos componentes del servicio Arvato a una reunión con el coordinador de servicios Juan Antonio López. El protocolo para estos casos, instaurado por su departamento, es avisar que a la reunión va a asistir, junto a los trabajadores, un representante sindical de estos. Como quiera que esa condición se ha cumplido, por escrito, mediante email, y de palabra, no entendemos ni compartimos la decisión de prohibir la entrada al mencionado representante de los trabajadores. Esta situación no es la primera vez que ocurre y, como no podía ser de otro modo, manifestamos nuestra mas enérgica repulsa a este modo sectario de actuar por su parte en el marco de las relaciones laborales.

Ese día, el representante de UGT, se persono en la reunión, para mediar e intentar solucionar un conflicto sobre vacaciones. No solo el problema sigue sin resolverse, sino que además tenemos encima de la mesa este otro conflicto abierto y provocado por ustedes.

Desconocemos los fines que persiguen con actuaciones de este tipo, porque no nos cabe duda que son premeditadas y estudiadas al mínimo detalle. Por tanto les informamos, que hasta que no rectifiquen y nos comuniquen esta rectificación por este mismo medio, representantes de esta sección sindical, no acudirán a ninguna reunión con ustedes a las que seamos citados.

No nos es grato tomar decisiones de este tipo, pero nos vemos obligados a dar respuesta ante los ataques a nuestra Organización que están sufriendo personas que la representan. Imagínense por un momento que fuéramos nosotros los que les prohibiéramos la entrada en nuestra sede cuando vinieran a una reunión, por el motivo que fuera, pero mas gravoso si cabe, porque nos cayeran mal o no nos gustaran, las personas que ustedes designaran. En esa hipotética situación.

Seguramente, no solo el tema a tratar se vería afectado, sino que también las relaciones laborales a nivel global.
Sin otro particular, ruego firme copia del presenta a modo de recibí, atentamente:



Fdo.- Jose Olmo Garde
Secretario General

miércoles, 7 de noviembre de 2012


La huelga es un derecho constitucional

Este artículo es básicamente una reedición delque editamos ante la Huelga General del pasado 29 de marzo. Y lo volvemos a poner en circulación, porque resulta que la Huelga continúa siendo un derecho fundamental, establecido en el artículo 28.2 de la Constitución Española de 1978:

“Artº. 28.2 Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.”

La derecha española, una derecha muy especial, distinta a la europea, se ha quedado anclada en la historia y, por las barbaridades que dicen, pareciera que no han pasado del 20N de 1975.

Digo esto, pues en el Boletín Oficial del Estado del 9 de marzo de 1977, se publicó un Real Decreto-Ley17/1977 sobre relaciones de trabajo (mismo rango legal que la reforma laboral de Rajoy), también conocido por: Ley de Huelga. En este RDL, al igual que en la Constitución, se reconoce la huelga como un derecho que tiene un plus de garantías frente a la vulneración de tal derecho. Aquí es donde el Gobierno tiene la oportunidad de demostrar que gobierna para todos los españoles, incluyendo a los que no les hemos votado; o ratificar que gobierna de  manera sectaria para una minoría social, beneficiada económicamente.

El Gobierno de la época (1977) no esperó a la Constitución, y legisló sobre una materia que en vida del dictador era considera ilegal: la huelga. ¿Acaso echan de  menos aquella época los voceros del PP?.

El RDL 17/1977 dice cosas muy claras, de las que debieran tomar nota en la CEIM, la CEOE y la fiscalía:

“Artículo dos.- Son nulos los pactos establecidos en contratos individuales de trabajo que contengan la renuncia o cualquier otra  restricción al derecho de huelga.”

“Artículo seis.- El ejercicio del derecho de huelga no extingue la relación de trabajo, ni puede dar lugar a sanción alguna, salvo que el trabajador, durante la misma, incurriera en falta laboral.”

“Artículo seis punto cinco.- En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma…”

Lo anterior incluye a las Empresa de Empleo Temporal.
Este Real Decreto-ley, también regula, es decir legaliza, los llamados y vilipendiados “Piquetes Informativos”. Quedan perfectamente establecidos en el siguiente artículo:

“Artículo seis punto seis.- Los trabajadores en huelga podrán efectuar publicidad en la misma (durante la huelga), de forma pacífica, y llevar a efecto
recogida de fondos sin coacción alguna.”

De modo que entendiendo por publicidad, como así ha quedado establecido en la jurisprudencia: difundir por escrito o de palabra los motivos y objetivos de la huelga. Los piquetes informativos son perfectamente legales.

Este derecho es atacado torticeramente por los empresarios, por el Gobierno y sus medios de comunicación afines, que pretenden generalizar la actitud anecdótica de individuos descontrolados, con el uso general de un derecho de manera pacífica.

En todo caso, y a la vista de la actitud predemocrática de las delegaciones del gobierno, y en  particular la de Madrid, por los excesos cometidos el 25-S en la Plaza de Neptuno, y recogidos en irrefutables imágenes, interrogando sin identificación y a cara cubierta a los detenidos. Somos los trabajadores los que tenemos que tener prevenciones frente a la delegación de gobierno. ¿Un poco triste en el s. XXI no?. ¿Son estas situaciones positivas para la imagen de España en el exterior?.

En lo que a derechos de información se refiere, también están perfectamente recogidos en la más alta de las legislaciones:

Sobre la libertad de expresión, en el Título Primero “de los derechos y deberes fundamentales”, de la Constitución de 1978, dice en el:

“Artículo 20.1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
En lo que a derechos de reunión se refiere:

“Artículo 21.1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2. En el caso de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad (UGT, siempre comunicamos en Delegación de Gobierno), que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes”.

“Artículo 23.1. Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes (partidos y sindicatos), libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal”.

Bonito artículo el anterior: ¿podrían decir lo mismo la CEIM y la CEOE?. Representantes elegidos libremente, en elecciones periódicas por sufragio universal.

En UGT no tenemos ningún problema con estos preceptos, pues siempre damos comunicación, en tiempo y forma, para concentraciones, manifestaciones y huelgas. El problema lo tenemos cuando se produce el exceso de celo por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Exigimos del Gobierno que proteja los derechos fundamentales de los ciudadanos en general y de los trabajadores en particular.

Si, nuestro Secretario General tiene razón. Existen muchos motivos para secundar la Huelga General del próximo 14 de niviembre:

- La reforma laboral sólo está generando paro y precariedad. Son ya 5.778.100 los españoles y españolas sin empleo. El propio Gobierno lo admite: “Mariano Rajoy reconoce que llegaremos a los 6 millones de parados”.
- La reforma laboral ha desequilibrado la relación entre trabajadores y empresarios, dando a los empleadores la facultad cuasi absoluta de despedir. Ataca al Derecho Laboral como no se había hecho en 34 años de democracia.

- Esta reforma laboral, mediante el descuelgue de los convenios, da libertad total a los empresarios para fijar las retribuciones de los trabajadores (salario), y resto de las condiciones de vida y trabajo. La competencia desleal entre empresas nos aboca a una selva laboral.
- La reforma laboral ha generalizado los expedientes de regulación de empleo, incrementándose un 127% el número de trabajadores afectados en los meses de marzo a agosto y comparado con el mismo periodo de 2011. Justo después de la entrada en vigor de la reforma de Rajoy.

A los efectos perniciosos de la Reforma Laboral hay que añadir el contenido del, a fecha de hoy, proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2013. Regresivos socialmente, vienen a apuntillar el Estado de Bienestar, convirtiendo la educación y la sanidad públicas, en una red de mínimos, propia de un Estado de Caridad.

El fatídico “cóctel” contra los trabajadores lo completa la pérdida de poder adquisitivo de pensionistas, desempleados y asalariados. Todos sufrimos en común el copago farmacéutico, la subida del IVA. Los asalariados, además estamos sufriendo recortes salariales. Y el IPC a septiembre disparado al 3,4% .

El cuadro de completará cuando por fin los españoles y españolas conozcamos las condiciones del Rescate que el Gobierno está negociando con los organismos internacionales.

¿Alguien tiene duda de si hay motivos para secundar la Huelga General del 14 de noviembre?.

El 14N HUELGA GENERAL, es un derecho.