jueves, 30 de enero de 2014


UGT CONSIGUE EN EL TRIBUNAL SUPREMO QUE SE AMPLIE LOS SUPUESTOS DE ACCIDENTE IN ITINERE


UGT.- miércoles, 29 de enero de 2014 El Alto Tribunal ha dictado una sentencia en la que amplía los supuestos de accidente in itínere al considerar por primera vez siniestro laboral el desplazamiento de un trabajador entre su residencia familiar y su domicilio por cuestiones de trabajo, ya que hasta la fecha solo se consideraba así si sucedía del domicilio del trabajador al puesto de trabajo. El trabajador accidentado, que es afiliado a MCA-UGT en León y es operador de maquinaria de obra.

El Tribunal Supremo amplía los supuestos de accidente in itínere al considerar por primera vez en una sentencia como siniestro laboral el accidente sufrido por un trabajador en el desplazamiento entre su residencia familiar y su domicilio por cuestiones de trabajo.
El trabajador accidentado, que es afiliado a MCA-UGT en León, operador de maquinaria de obra y trabajaba para la empresa Desmontes García S.L. en la construcción de un tramo de autovía en Soria, pasaba los fines de semana en su domicilio familiar de León pero residía entre semana en Soria donde desarrollaba su actividad laboral durante la semana. Cómo debía estar en su puesto de trabajo a las 08:00 del lunes, prefería salir los domingos por la tarde de su casa familiar para llegar a dormir a Almazán y estar descansado el lunes.
Como relata José Pedro Rico, el abogado de UGT León que ha defendido el caso desde su inicio, el afectado sufrió un accidente de tráfico uno de los domingos que regresaba al cruzarse un animal en la carretera y la gravedad de las lesiones desembocó en una incapacidad permanente total.El trabajador reclamó que fuera considerado accidente laboral pero la mutua denegó su solicitud alegando que la finalidad del viaje no era laboral y que el accidente se había producido un domingo a más de cien kilómetros del centro de trabajo.

El Instituto Nacional de Salud (INS) consideró el caso como "enfermedad común" y para ello argumentó que la finalidad del viaje no era el trabajo, sino motivos particulares del trabajador, además de que no se podía establecer relación de proximidad entre el desplazamiento y la hora en la que se produjo y su trabajo.

Finalmente, estableció que tampoco se daba el elemento geográfico porque el trayecto que realizaba el trabajador cuando sufrió el accidente no era el que va de su lugar de trabajo a su residencia laboral. Sin embargo, el juzgado de lo social de León sí le dio la razón al trabajador en el recurso que presentó UGT, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se la volvió a quitar en un fallo en el que señalaba que se no se trataba de un accidente in itínere.

El Sindicato recurrió la sentencia del TSJ de CL ante el Supremo, que finalmente ha dado la razón al trabajador el entender que el punto de partida y de retorno de un accidente de trabajo in itínere puede ser tanto la residencia familiar del trabajador como su domicilio por motivos laborales.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Aurelio Desdentado, dice textualmente que "las nuevas formas de organización del trabajo están imponiendo en el hogar familiar unas exigencias de movilidad territorial que obligan a los trabajadores a ajustes continuos que no siempre pueden traducirse en un cambio de domicilio".

La sala concluye que en el caso concreto se dan todos los requisitos para considerar los hechos como accidente in itinere porque "la finalidad del viaje estaba determinada por el trabajo" y viajar a esa hora y ese día "era una opción adecuada para, después del descanso, poder incorporarse al día siguiente al trabajo en unas condiciones más convenientes para la seguridad y para el rendimiento laboral".

MCA-UGT valora la importancia de la sentencia, que ha sido respaldada por unanimidad por el pleno de la Sala de lo Social del alto tribunal, y que modifica la jurisprudencia al respecto, ya que supone un reconocimiento de los tribunales a que la realidad social está imponiendo unas exigencias de movilidad que obligan a los trabajadores a permanentes ajustes.

Los vigilantes de seguridad, entre la espada y la pared.


La obligación de cotizar por el plus de transporte ha hecho que las empresas de seguridad privada quieran la congelación salarial de sus empleados hasta 2017. Al negarse los sindicatos, amenazan con descuelgues y despidos.

Las empresas de seguridad privada se están lanzando a la piscina una tras otra. En los últimos días se ha puesto de manifiesto una estrategia para presionar a los trabajadores del sector. En Aragón son 2.100 los vigilantes de seguridad, en toda España más de 100.000.

Las intenciones manifestadas por las asociaciones empresariales del sector (APROSER, FES y UAS) de incumplir las condicionales salariales y laborales pactadas con sus trabajadores han liberado una reacción en cadena a la que se están sumando todas las empresas. Empezaron Prosegur y Securitas, las dos grandes del sector, y ya les han seguido otras ocho. Esta ofensiva solo se puede comprender si se interpreta como una demostración de fuerza: O bien aceptan los trabajadores una congelación salarial hasta 2017, o bien se atienen a las consecuencias.

Origen del conflicto
El convenio colectivo actual -válido hasta finales de este año- contemplaba una subida salarial del 4% a principios de 2014. Las empresas ya venían anunciando que no podrían asumir esta subida y elReal Decreto publicado el 21 de diciembre en el BOE les otorgó la excusa definitiva para negarse a cumplir lo pactado. 

Bajo el nombre 'Medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores', este decreto asienta laobligación de cotizar por conceptos retributivos que antes estaban exentos, como los pluses de transporte. En un momento normal, la medida podría considerarse positiva e interpretarse como una inversión de cara a la futura jubilación del trabajador y las incapacidades temporales por enfermedad. En época de crisis, habrá que ver cuántas empresas no obligan a sus empleados a asumir el coste. 

Reacciones
Pocos días después de la publicación del decreto, llegó la reacción de las empresas de seguridad. Calculan que al convertir en cotizable el plus de transporte aumenta un 2,07% el coste salarial y ya han avisado de que, para asumirlo, no solo no están dispuestas a llevar a cabo la subida de salarios pactada, sino que quieren congelar los sueldos hasta 2017 y renegociar otros artículos del convenio. El anuncio llega después de haber reducido en 288 euros los ingresos de sus empleados en 2013.

Al negarse los sindicatos más representativos del sector (FES-UGT, CC.OO. y FTSP-USO) a aceptar la congelación, las empresas han contraatacado y anunciado su intención de descolgarse del convenio colectivo, modificar las condiciones de trabajo y algunas, incluso, de despedir trabajadores. Sin un convenio colectivo, se abriría la veda para las bajadas salariales, los aumentos de jornada y entraría al terreno de juego el monstruo de la competencia desleal. 
"Dicen que el plus de transporte les aumenta los costes un 2,07% y les supone unos 280 euros por empleado y usan esto como excusa para activar los mecanismos que otorga la reforma laboral, descolgarse del convenio y reducir salarios. Pretenden que los trabajadores carguen con todo el coste para que las empresas sean más competitivas", resume Alejandro Gastón, el coordinador de USO Aragón

La subrogación, en juego
Para Mar Pelayo, responsable de la Federación de Seguridad Privada del mismo sindicato, el mayor peligro de perder el convenio colectivo es que la subrogación de los trabajadores en caso de cambio de empresa -algo muy frecuente en el sector-, no sería automática. "Cualquier vigilante que lleva más de cinco años en una empresa ha sufrido una subrogación porque los clientes cambian de empresa de seguridad según lo que éstas les ofrecen, pero los trabajadores se mantienen en sus puestos".

Emilio Martínez, presidente del comité de empresa de Vinsa augura que sin un convenio colectivo "se desatará una guerra de precios y de sueldos y el empleado perderá la estabilidad".

El secretario general de la Federación de Servicios Privados de CC.OO., Guillermo García, prevé que todas las empresas del sector se unirán a la ofensiva y se suma a la preocupación de USO en el tema de la subrogación y los salarios: "Si se deja caer el convenio colectivo y se firman convenios de empresa desaparecerá directamente la subrogación y hemos visto en otros sectores que cada empresa contratará a sus empleados".

Por eso CC.OO. y USO aseguran que sus sindicatos no firmarán ningún descuelgue del convenio colectivo y tampoco ningún convenio de empresa, en el caso de que estos se propongan.

Antonio López, de FES-UGT Aragón, expone que UGT comprende que una subida salarial del 4% es inasumible pero rechaza la congelación eintentará conseguir una subida del 1,8% en 2014 y del 0,4% a partir de 2015. Su sindicato critica también los métodos de presión 'del todo o nada' utilizados por las empresas de seguridad para ser más competitivas. "Nosotros no producimos tornillos así que para reducir costes atacarán directamente a los salarios". 

miércoles, 29 de enero de 2014


PAGINA WEB | CANAL DENUNCIAS DE PROSEGUR | HAZ SABER A PROSEGUR LO QUE PIENSAS DEL ERE Y DEL DESCUELGUE DEL CONVENIO

En el encabezado del blog econtraras esta imagen


Haz click¡ en la imagen  y deja tu opinión en forma de denuncia, sobre el ERE y el descuelgue de convenio que quiere aplicar Prosegur. Haz saber a la dirección de la empresa lo que piensas, para intentar que cambien de opinión y deje sin efecto el ERE y el descuelgue del convenio.



Firma en http://www.change.org | Por la retirada del procedimiento de inaplicación del Convenio de Seguridad Privada y del Expediente de Regulación de Empleo


En defensa de pactado.

 UGT Prosegur te lo agradecemos.

UGT SEGURIDAD PRIVADA
Los compañeros de Prosegur solicitan que entremos a realizar una firma contra del ERE planteado en Prosegur Cia de Seguridad. No te cuesta nada. Juntos Podemos
TODOS A FIRMAR

El pasado 24 de enero, la empresa Prosegur España SL comunícó a los representantes de los trabajadores el inicio del proceso de Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo, Inaplicación del Convenio y Despido Colectivo. 

No existe ninguna causa que justifique esta decisión, ya que se trata de una estrategia coordinada por las empresas del Sector para forzar la renegociación del Convenio Estatal e incumplir lo pactado para el año 2014, congelando y consolidando las pérdidas salariales de los trabajadores hasta el año 2017, e iniciando una carrera desbocada hacia la precarización y desprofesionalización de la empresa en particular y del sector en general. SOLICITAMOS LA RETIRADA DE ESTE CHANTAJE. 

Sección Sindical Estatal de UGT en Prosegur España 
www.UGTPROSEGUR.org

Entra y firma --> http://www.change.org/petitions/prosegur-espa%C3%B1a-sl-retirada-del-procedimiento-de-inaplicaci%C3%B3n-del-convenio-de-seguridad-privada-y-del-expediente-de-regulaci%C3%B3n-de-empleo?share_id=iHzTslaoww&utm_campaign=twitter_link&utm_medium=twitter&utm_source=share_petition

Dia 4 de Febrero de 2014 | Asambleas informativas para todos los trabajadores y trabajadoras del sector de Seguridad


El dia 4 de febrero a las 10.00 horas y las 16.00 horas, se celebrara una asamblea de trabajadores y trabajadoras del sector de seguridad privada, conjuntamente por todos los sindicatos, en el salón de actos Marcelino Camacho, sito en la sede de CCOO de la calle Lope de Vega, 40

NO FALTES, NO PODEMOS FALLAR

NUESTRO FUTURO DEPENDE DE NUESTRA FUERZA Y UNION

ACUDE Y DIVULGA

Dia 7 de Febrero de 2014 | CONCENTRACION DE TODOS LOS TRABAJADORES DEL SECTOR DE SEGURIDAD FRENTE A LA SEDE DE LA PATRONAL APROSER

El dia 7 de Febrero, en horario de 9,30 a 11 horas, CONCENTRACION de todos los trabajadores y trabajadoras del sector de Seguridad Privada, frente a la sede de la PATRONAL APROSER, sita en la C/ Marques de Urquijo 5


NO FALTES, NO PODEMOS FALLAR

NUESTRO FUTURO DEPENDE DE NUESTRA FUERZA Y UNION

ACUDE Y DIVULGA


RESOLUCIONES DEL COMITE DE EMPRESA DE PROSEGUR MADRID

En el dia de hoy el pleno del Comite de Empresa, en contra de la decision de la dirección de Prosegur de aplicar un ERE y un descuelgue de convenio, y en defensa del cumplimiento de lo firmado en el Convenio Sectorial de Seguridad, ha aprobado dos resoluciones.

La primera es comunicar a la dirección de Prosegur nuestro mas enérgico rechazo a las medidas que pretende aplicar injustamente sobre la plantilla y su inmediata retirada.


La segunda, ante la conflictividad que supondrá la constitución de la mesa negociadora del ERE y descuelgue del convenio, que retrase la constitución de la citada mesa de negociación y que Prosegur, a traves de la patronal APROSER vuelva a la senda de la aplicación del convenio Colectivo, en los términos que están pactados para este año.


De no ser así, ademas de apoyar cualquier movilización, del tipo que sea, marcadas por las diferentes centrales sindicales en el plan de acción conjunta que están marcando, este Comite de Empresa, marcara su hoja de ruta de movilizaciones.

SABICO SEGURIDAD anuncia descuelgue del Convenio Nacional de Seguridad Privada

SABICO SEGURIDAD anuncia descuelgue del Convenio Nacional de Seguridad Privada.

Sabico Seguridad que pertenece a la asociación empresarial de Aproser anuncia su intención de incumplir el Convenio Nacional, mediante la reforma laboral del PP.

De las 13 empresas asociadas en APROSER son ya  5 las que se descuelgan del Convenio Nacional y suponemos que serán el 100% antes de final de esta semana.

martes, 28 de enero de 2014


COMUNICADO UGT VINSA | A TODOS LOS TRABAJADORES DE VINSA SEGURIDAD

Desde UGT en Vinsa, después de los comentarios y rubores que se manifiestan alegremente en diversos medios, de que la UGT en Vinsa ha firmado la no aplicación de la subida para el 2014, queremos manifestar lo siguiente:






Eulen continua con su intención de modificar las condiciones laborales y salariales de sus vigilantes en el Aeropuerto de Madrid-Barajas


Como ya informamos en un anterior post, la empresa Eulen quiere modificar las condiciones laborales y económicas del colectivo de trabajadores y trabajadoras de seguridad del Aeropuerto de Madrid.

Después de comunicarlo a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores) ha tenido lugar la primera mesa de negociaron. Os dejamos el acta para que podáis valorar por vosotros mismos.



Convenio de empresa de Phoenix Vigilancia y Seguridad, S.A


Adjuntamos el convenio de empresa de Phoenix Vigilancia y Seguridad, S.A. 2013/2014 de Cataluña.
       
http://es.scribd.com/doc/201913616/Phoenix-Vigilancia-y-Seguridad13-14-PDF



Exteriores adjudica a Prosegur la seguridad del ministerio por 2 millones de euros

Dos días antes de conseguir el contrato, la compañía de vigilancia privada comunicó a la plantilla el despido de trabajadores en todos sus centros de España


El Ministerio de Asuntos Exteriores sale al rescate de Prosegur. Dos días después de comunicar un ERE a la plantilla, el departamento que dirige José Manuel García-Margallo le ha contratado para que se haga cargo del servicio de vigilancia y seguridad del ministerio.

Según ha sabido El Confidencial Digital de fuentes oficiales, la Junta de Contratación del ministerio ha adjudicado el contrato a la empresa líder de la seguridad privada en España.
Prosegur se encargará de prestar el servicio de vigilancia en las dependencias de Exteriores por casi 2 millones de euros. El contrato entre ambas partes se formalizó el pasado 19 de diciembre.
La adjudicación de este contrato se produce al mismo tiempo que la compañía ha anunciado “la intención de iniciar el procedimiento de Despido Colectivo”, aunque sin especificar cuántos de sus empleados en España abandonarán la empresa.
Otra gigante del sector, Securitas, también acaba de anunciar recientemente la apertura del proceso para descolgarse del convenio, lo que se traducirá en una reducción de las condiciones laborales salariales de sus empleados.


Diario El MUNDO | Después del ERE en Coca-Cola, el 2014 sigue con el de Prosegur

Después del ERE de la Coca-Cola, 2014 suma y sigue con el anuncio de otro despido masivo, esta vez en una de las empresas líderes de la seguridad privada, Prosegur SL. La compañía ha comunicado este viernes a los trabajadores "la intención de la empresa de iniciar el procedimiento de Despido Colectivo", aunque no especifica a cuántos de sus varios miles de empleados en España quiere despedir.

La misiva, a la que ha tenido acceso ELMUNDO.ES, anuncia además que la empresa pretende iniciar los procesos de Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo e Inaplicación de Convenio Colectivo, para descolgarse así del convenio de la seguridad privada en España, como le permite la última reforma laboral, algo que afectará "a la totalidad de los centros". En su carta, Prosegur emplaza a los representantes sindicales a constituir en un plazo de siete días la comisión de interlocutores en el proceso, que de todos modos puede seguir adelante sin este trámite.

Prosegur sigue así los pasos de otra gigante del sector, Securitas, que acaba de anunciar también esta semana a su plantilla la apertura del proceso para descolgarse del convenio, lo que se traducirá en una reducción de las condiciones laborales y salariales de los trabajadores. Los ejemplos de Securitas y Prosegur previsiblemente animarán a otras empresas del sector a imitarlos.

Una fuente de los trabajadores en Prosegur ha explicado a ELMUNDO.ES que de hecho ya se estaban produciendo numerosos despidos con un "ERE encubierto" en los últimos meses que, por ejemplo, ha afectado en los últimos meses a alrededor de un 10% del alrededor del medio millar de los empleados de la sede de Sevilla. En varios de estos casos, los despidos han sido recurridos por los afectados alegando que Prosegur ha esgrimido para ello como excusa supuestas faltas profesionales sin probar.

lunes, 27 de enero de 2014


DE MEDICOS Y JARDINEROS

Hoy he pasado la tarde "hojeando", entre los periódicos digitales, la noticia de la retirada por parte del Gobierno de la Comunidad de Madrid, de sus planes de privatizar la sanidad Madrileña.

No hace mucho, los trabajadores y trabajadoras de la limpieza y jardinería del ayuntamiento de Madrid, paraban los pies a la Alcaldesa, Ana Botella, y a la empresa concesionaria del servicio de limpieza, que sin piedad, quería dejar en la calle mediante un ERE a casi la mitad de la plantilla y modificar sus salarios y condiciones laborales al resto.

En la primera noticia, hemos sido testigos durante nada menos que dos años, de la lucha de un colectivo, el de la medicina, que ha defendido con uñas y dientes, no solo lo suyo, sino lo de los demás. Personas que hasta hoy, en su condición de médicos y enfermeras, pensábamos que era una especie de colectivo afortunado, una elite de trabajadores. Han dejado de cobrar sus salarios tras muchos días de huelga, se han concentrado, manifestado, hasta acabar en una gran Marea Blanca. Se han movilizado todos, no han mirado a ver que hacia su compañero o compañera, no ha habido excusas, han permanecido unidos y unidos han salido a defender, como minino, lo que era justo. Han aguantado, han ganado.

El colectivo de trabajadores de la limpieza y jardinería del ayuntamiento de Madrid, ante la amenaza de su patronal y la desidia, mirando para otro lado como si con ella no fuera, de la Alcaldesa accidental de Madrid, se han unido, no han  pensado individualmente, a ver si no me toca a mi, porque todos sabían que si su patronal conseguía meter el cuchillo una vez, en este viaje, posiblemente, no le tocaría a alguno de ellos, pero todos tenian claro, que una vez abierto el melón, si en ese mismo momento no hacían nada, la próxima vez tenían todas las papeletas para que les tocara. Pararon los despidos de casi la mitad de la plantilla. Podrían perder la batalla, pero si no la libraban, perdían seguro. Hoy seria un compañero, pero mañana seguro seria él. Esa era la idea que los mantuvo unidos, si hoy consigo que no te echen a ti, mañana será mas difícil echarme a mi. Han aguantado, han ganado.

Ahora nos toca el turnos a nosotros, los vigilantes, un colectivo de cerca de 100.000 trabajadores y trabajadoras en todo el territorio español. Ha llegado el momento en que las empresas de seguridad, debido a una estrategia errónea durante años, han decidido que el colectivo de trabajadores del sector, pague por sus errores como empresas. 

Han permitido que empresas pirata, tipo Esabe, nazcan, crezcan y se hagan fuertes en el sector. En los momentos de bonanza pensaban que había para todos y que no seria un problema convivir con ellas. Ahora esas empresas, algunas muy bien relacionadas con los gobiernos o políticos de turno, se han hecho fuertes y se niegan a soltar su trozo del pastel. 

De esta manera, la patronal mas grande del sector, APROSER, continuando con su estrategia equivocada, piensan que rebajando los salarios de los trabajadores, van a poder salir adelante, rebajando los precios a los clientes y así competir con esas, mal denominadas, empresas medianas o pequeñas.

Craso error, si hoy se bajan lo salarios comprometidos en el convenio colectivo nacional de seguridad, las empresas "pirata" no van a tener ningún miramiento de bajar los salarios aun mas. Así entraremos en un bucle del que no saldremos jamas y que pagaremos siempre los mismos, los trabajadores.

Para ello un solo ejemplo, SECURITAS. El año pasado por estas fechas plantearon y ejecutaron un ere que ponía en la calle a 400 personas. junto a los despidos se acordaron una serie de medidas, llamadas de acompañamiento, para poner las bases y que en el futuro no se volviese a dar esa situación.

Los despidos los llevaron a cabo, pero las medidas de acompañamiento no. Tenían un problema y lo solucionaron dando una patada al balón hacia adelante, pero no pusieron los medios para que no volviese a pasar. Quizá pensaban que si volvía a pasar, harían de nuevo lo mismo, despedir y abaratar salarios. Securitas ha entrado en el bucle y no va a poder salir.

Ahora a llegado la hora de decidir si queremos ser como el colectivo medico, o los jardineros y personal de limpieza, o queremos ser como Securitas. Los sindicatos y los trabajadores antes de nada tenemos que hacernos esa pregunta. Defender con uñas y dientes lo que consideramos justo o pegar una patada hacia adelante al problema y esperar, una de dos, que se resuelva solo, o que el año que viene nos volvamos a encontrar en la misma situación.

Llevamos tres renegociaciones de convenio, he perdido la cuenta de cuanto dinero y derechos nos hemos dejado en el camino. La solución que se tomo, esta claro, no era la acertada, si no, no estaríamos de nuevo en este punto. Si hubiésemos dicho la primera vez NO, quien sabe, tal vez estaríamos peor, pero no tendríamos que haber llegado hasta aquí, por tres veces, sin luchar.

Lo tengo claro, no quiero ser como Securitas, quiero ser medico o jardinero ¿y tu?

ASAMBLEA PARA DELEGADOS SINDICALES DE UGT EN EL SECTOR DE SEGURIDAD | Apoyar cualquiera de las medidas propuestas por las empresas, serán motivo de expulsión de la Organizacion


A TODOS LOS DELEGADO/AS DE FeS-UGT MADRID SECTOR DE SEGURIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES




Estimados compañeros:



Os convocamos a Asamblea el día 3 de Febrero a las 16 horas en el salón de actos de la casa del Pueblo para valorar La situación del Sector de Seguridad.

Condenamos enérgicamente las medidas irresponsables tomadas por diferentes empresas, recordándoles el error que están cometiendo e exigiéndolas que vuelvan al marco del Convenio Colectivo Estatal.

Pedimos a todas las secciones sindicales de FeS-UGT-Madrid que rechacen enérgicamente en sus empresas las medidas que les proponen, recordándoles la resolución del Federal, por la que podrían se motivo de expulsión de la organización si tomaran decisiones contrarias a las marcadas por la Federación.

Dada la importancia y el momento que estamos viviendo en el sector y con el fin de aunar fuerzas os rogamos vuestra presencia.

Que no os quepa duda de que desde FeS-UGT lideraremos las medidas a tomar para dar debida respuesta a estas agresiones. Estamos preparados y pondremos a vuestra disposición todas las herramientas jurídicas y de Accion Sindical para poner freno a esta barbarie de las patronales.
Solo recordaros la importancia de vuesta asistencia . 



Un cordial saludo 

fdo.- Jose Olmo 
Secretario Sectorial



domingo, 26 de enero de 2014


USO se esta apartando del camino | Si no es juntos no podremos

Publicamos hace unos días nuestra sospecha de que USO era participe de las estrategias de la patronal. Para algunos era una burda estrategia para quitarnos de encima la responsabilidad.
Ahora, sabemos ciertamente que USO era conocedor,  ANTICIPADAMENTE, de la decisión estratégica de la patronal de comunicar los descuelgues de convenio y ERES que se están produciendo en las principales empresas del sector.
En el mencionado artículo opinaba que la patronal estaba utilizando su sindicato, USO, para agitar el fantasma del miedo y que viéramos lo importante que era tener un convenio colectivo nacional a pesar de perder dinero. En la comparativa que hacían en un comunicado entre los beneficios de un convenio colectivo nacional y su ausencia, aparecía "incremento de salarios", se notaba que era un corta y pega, porque lo que propone la patronal para este convenio colectivo nacional es una congelación salarial hasta el 2017.
Además, un alto cargo del sindicato USO comunicó el día 23 de enero, es decir, un día antes de que ocurriera, que los representantes legales de los trabajadores recibirían al día siguiente una comunicación de la empresa PROSEGUR anunciando el descuelgue del convenio. Para afirmar a continuación que lo mismo va ha hacer la empresa SEGUR IBÉRICA.
O bien sabían lo que ocurriría porque espían a Aproser, o bien porque prepararon juntos la estrategia o porque les llamaron desde Aproser para hacerles particípes de la noticia. En todos los casos, por acción u omisión el resultado es que la patronal se sirve de ellos.
Pronto vamos a salir de dudas porque en dicha comunicación también se informa que la próxima semana se sumarán a esta medida empresas como CASESA SEGURIDAD, ALERTA Y CONTROL Y GARDA SEGURIDAD.
Los trabajadores del sector tenemos un serio problema si el sindicato USO se desvía del camino y hace el trabajo sucio a la patronal. Necesitamos a los compañeros de USO para hacer frente a la patronal, necesitamos estar más unidos que nunca en la dura tarea que va suponer defender nuestros derechos de ante estas voraces patronales. 
Hoy toca luchar codo con codo y no intentar sacar ventaja de esta situación. La estrategia de la patronal siempre ha sido divide y vencerás, va dando migajas sindicales en las diferentes empresas, manteniendo un equilibrio, con el que poder jugar en momentos como este. 
Si consiguen desunirnos ganarán y, por tanto, perderemos los trabajadores y trabajadoras de este sector. Perderemos en salario y en derechos, pero sobre todo perderemos en libertad para elegir.
Un trabajador asustado no tiene capacidad de reacción y, por tanto, no tiene capaz de decisión. Estará tan asustado que no opondrá ningún tipo de resistencia a lo que su jefe quiera imponerle. Los empresarios lo saben y lo utilizan para conseguir sus objetivos.
La única solución pasa por pelear por lo que nos corresponde y, para poder hacerlo, necesitamos estar todos unidos, necesitamos a TODOS LOS COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS DE USO. Que las palabras, no queden en eso, palabras.
Cuando pase este huracán llegara el momento del día a día, de las elecciones en las empresas, de demostrar qué sindicato ha defendido y defiende mejor nuestros intereses. Pero ahora no toca eso.


Reflexiones sobre el ERE de Prosegur | Seccion Sindical de UGT en Prosegur Madrid


A LOS TRABAJADORES DE PROSEGUR ESPAÑA, DELEGACION DE MADRID
Con fecha de 24 de Enero, la representación de UGT en el comité de empresa, recibió del Gerente de Recursos Humanos de la Zona Centro comunicación de inicio de procedimiento de Despido Colectivo (ERE), de Modificación Sustancial de Condiciones e inaplicación de Convenio, procedimiento que afecta a la totalidad de los centros de trabajo de la empresa en toda España.
En estos días,  esa misma notificación ha sido cursada al resto de representaciones sindicales con presencia en los distintos comités de empresa en las distintas provincias, a la vez, que a las direcciones políticas de los sindicatos que tenemos constituidas secciones sindicales en el ámbito estatal.
Al objeto de resolver preguntas, dudas e incertidumbres, queremos transmitir la siguiente información comprometiéndonos a ir comunicando, puntualmente cuantos acontecimientos y decisiones se vayan produciendo a partir de este momento.
A fecha de hoy, las certezas son las siguientes:
  • Prosegur, al amparo de las facultades que le otorga la normativa laboral vigente, decide iniciar procedimientos de descuelgue del convenio estatal a la vez que medidas que afectan al empleo (ERE y modificación sustancial de las condiciones de trabajo) , convocando a la parte social a que nombremos en siete días una comisión negociadora, que en número máximo de 13, debe representar a la totalidad de los trabajadores de Prosegur en todo el Estado.

  • Que en esta misma fecha y en términos similares se ha convocado a la representación sindical de otras empresas de Aproser, tales como, Securitas y Segur Ibérica en una estrategia de respuesta a la posición de firmeza que hemos tenido los sindicatos ante la agresión que suponía la renegociación, por tercera vez, del vigente convenio colectivo.

  • Que a partir del momento que se constituya la mesa negociadora, la norma establece el inicio del periodo de consultas que no puede superar los 30 días para el supuesto de  despido colectivo. Es en ese momento, cuando la empresa debe facilitar a la representación de los trabajadores, entre otras, la siguiente información:

  1. Especificación de las causas del despido colectivo.
  2. Número y clasificación profesional de los trabajadores afectados por el despido. 
  3. Número y clasificación profesional de los trabajadores empleados habitualmente en el último año. 
  4. Período previsto para la realización de los despidos. 
  5. Criterios tenidos en cuenta para la designación de los trabajadores afectados por los despidos. 

  • Que terminado el periodo de consultas. y si no hay acuerdo, la empresa está facultada para proceder al despido colectivo, notificando a los trabajadores afectados la decisión extintiva de su contrato con la indemnización de 20 días por un año con un tope de 12 mensualidades. La decisión empresarial podrá impugnarse ante la jurisdicción de lo Social y se considerará procedente, siempre que se acredite, la concurrencia de la causa en que se fundamentó la decisión extintiva.

  • Que para el supuesto de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, el procedimiento es similar, aunque el periodo de consultas se limita a un máximo de 15 días.
Y en virtud de las certezas objetivas expuestas anteriormente, esta sección sindical quiere manifestar las siguientes consideraciones:
  • Que a fecha de hoy no hay más datos objetivos que los enumerados anteriormente, y por tanto, nadie tiene un conocimiento cierto del número de trabajadores afectados, categorías profesionales, ni  provincias afectadas, y si a esta decisión, se acompaña de alguna propuesta adicional de extinciones voluntarias u otro tipo de medidas.  

  • Que la decisión adoptada por Prosegur y otras empresas del sector, parece responder a una estrategia empresarial orientada a condicionar la negociación del convenio colectivo estatal con el objetivo de precarizar, todavía más, nuestras condiciones laborales y salariales. Que esta decisión no responde a necesidades  organizativas, ni económicas como la norma prevé y tiene toda la apariencia de “fraude de ley “.

  • Que la complejidad jurídica de la decisión adoptada por Prosegur es mayúscula, porque en un solo intento pretende descolgarse del convenio estatal, modificar condiciones de trabajo y despedir trabajadores cuando hasta la fecha no ha planteado ningún problema de viabilidad, ni facilitado ningún tipo de información al respecto. Esta sección sindical tiene reiteradas denuncias en la Inspección de Trabajo por falta de información.

  • Que hasta la fecha, han sido decenas los expedientes de regulación de empleo que han sido declarados “improcedente” por los Juzgados, tanto por defectos de forma como de fondo, y  que no quede ninguna duda, que esta sección sindical recurrirá a todas las formas de acción sindical y defensa jurídica a nuestro alcance, para garantizar el empleo y la pervivencia de un convenio estatal de referencia. En este sentido, los afiliados de UGT podéis tener la tranquilidad absoluta que contamos con un excelente servicio jurídico que nos irá asesorando en todo el proceso.

  • Que es verdad que el sector necesita terminar con situaciones de competencia desleal de empresas que operan en el mercado al margen de la legalidad o al amparo de acuerdos de rebajas de salarios, pero que la solución no pasa por llevar al sector a una situación de caos, donde la conflictividad laboral sea lo que determine el marco de relaciones laborales. En este escenario, Prosegur, Securitas y el resto de las empresas de Aproser, tienen que perder más que nadie.

  • A esta situación de competencia desleal hemos contribuido todos los agentes del sector, también los trabajadores apoyando opciones sindicales dóciles en las empresas, pero la responsabilidad mayor la tiene APROSER, que ha visto en el debilitamiento sindical de una organización como la nuestra, su fortaleza, y al final, se le ha vuelto en contra. Prosegur es el ejemplo apoyando a sindicatos como Alternativas Sindical y ATES.

  • Que como sección sindical, podéis tener la certeza, que defenderemos el empleo digno en todos los foros y mesas de negociación en la que podamos participar en función de nuestra representación y apoyaremos e impulsaremos, cualquier tipo de medida y movilización, que se plantee en defensa de nuestras condiciones laborales.
No puede haber dudas, las posibilidades de éxito ante el envite de la empresa, pasa porque cada uno de nosotros en nuestro ámbito, tomemos conciencia de lo importante que es en estos momentos las respuesta colectiva, y participe en cuantas asambleas, concentraciones y movilizaciones se pudieran plantear a partir de este momento. Dice un proverbio africano “ SI EL REBAÑO PERMANECE UNIDO, EL LOBO SE ACUESTA HAMBRIENTO “. Y ahora el lobo, tiene demasiada hambre……, para no hacer nada.
SEGUIREMOS INFORMANDO


El Supremo amplía los supuestos de accidentes "en itinere" para adaptarse a "la realidad social"



   La Sala de lo Social del Tribunal Supremo amplía en una reciente sentencia la consideración de accidente "in itinere" para aquellos supuestos en los que el trabajador tiene que desplazarse una gran distancia desde su domicilio familiar hasta su lugar de residencia por razones laborales. Establece razones de "realidad social" a la vista de "las nuevas formas de organización del trabajo".
   En este caso concreto se anula una sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León de julio de 2012 que estimó el recurso interpuesto por Ibermutuamur contra una sentencia anterior de un Juzgado de lo Social de León. El juez de instancia había dado la razón a un trabajador que sufrió un accidente de tráfico un domingo de marzo de 2009 por la noche, cuando se desplazaba desde su domicilio en Puente Almluhey (León) hasta Almazán (Soria), donde residía debido a su trabajo.
   La Mutua rechazó la contingencia profesional de la baja que sufrió este trabajador, que manipulaba maquinaria pesada, al no considerar que el accidente se hubiera producido "in itinere". La demanda del trabajador se estimó en primera instancia, si bien posteriormente fue anulada por el Tribunal Superior de Justicia.
   Ahora, el alto tribunal confirma la sentencia inicial al estimar que la interpretación de las normas "debe adaptarse a la realidad social", tal y como impute el artículo 3 del Código Civil.

EXIGENCIAS DE MOVILIDAD TERRITORIAL

   La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Aurelio Desdentado, considera que debe resolverse "a la vista de la evolución de las nuevas formas de organización del trabajo y de la propia distribución de éste en el hogar familiar" que está imponiendo "unas exigencias de movilidad territorial que obligan a los trabajadores a ajustes continuos en el lugar del trabajo que no siempre pueden traducirse en un cambio de domicilio y que tienen en muchos casos carácter temporal".
   Todo ello, según el Tribunal Supremo, determina que, "si se quiere respetar la voluntad del legislador en los tiempos presentes", habrá que reconocer que en supuestos como el presente "a efectos del punto de partida o retorno del lugar del trabajo puede jugar, según las circunstancias del caso, tanto el domicilio del trabajadora en sentido estricto como la residencia habitual a efectos de trabajo".
   En este caso concreto, el alto tribunal considera que concurren los elementos que definen el accidente "in itinere" porque la finalidad principal del viajes sigue estando determinada por el trabajo, "puesto que éste fija el punto de regreso y se parte del domicilio del trabajador".

Nota de Prensa de la Seccion Sindical Estatal de UGT en Prosegur España S.L.

NOTA DE PRENSA

Prosegur decide iniciar el procedimiento de Despido Colectivo (ERE) y de Modificación Sustancial de Condiciones e inaplicación de Convenio (Descuelgue de Convenio), tras la negativa de la parte social en la mesa del Convenio Estatal a asumir las propuestas de las patronales del Sector de inaplicación de lo pactado y de congelación salarial por 4 años.


UGT en Prosegur denuncia que no existe ninguna causa que justifique esta decisión y que se trata de una estrategia coordinada con el resto de empresas del sector para forzar la renegociación del Convenio Estatal e incumplir lo pactado en dicho convenio para el año 2014, congelando y consolidando las pérdidas salariales de los trabajadores hasta el año 2017.

UGT en Prosegur recuerda que el Convenio Colectivo Estatal ha sido modificado ya en dos ocasiones, asumiendo en cada una de ellas los trabajadores del sector grandes esfuerzos y perjuicios económicos para dar sostenibilidad al marco de negociación estatal. Como final de esos esfuerzos, en 2014 quedaba pactado que los trabajadores recuperarán parte del salario reducido en el 2013 como consecuencia de la eliminación hasta el 31 de diciembre de 2013 de los pluses de transporte y vestuario en las pagas extraordinarias, acuerdo que las patronales del Sector pretenden ahora incumplir.

La Sección Sindical Estatal de UGT en Prosegur confía en poder paralizar esta medida a través de las distintas movilizaciones y acciones que se están preparando y confía en que los tribunales invaliden las medidas propuestas, pues resulta evidente que se trata de una acción coordinada por las empresas pertenecientes a las patronales APROSER (a la que pertenece Prosegur), FES y UAS para forzar el incumplimiento del Convenio.

Desde UGT en Prosegur lamentamos y pedimos disculpas por los perjuicios que esta situación pueda generar a los usuarios y clientes de la empresa y lamenta profundamente que Prosegur se sume a una acción que supondrá, en caso de no evitarse, una precarización y consecuente desprofesionalización de un sector, precisamente a los pocos días de haberse generado en la opinión pública, el debate sobre la idoneidad o no de la aprobación de la nueva Ley de Seguridad Privada.

UGT llama nuevamente a la reflexión a las patronales en general y a Prosegur en particular para que rectifiquen las medidas de destrucción de empleo y precarización del sector y apuesten por conformar un colectivo de trabajadores cada vez más preparado y profesional y más capacitado para las exigencias actuales de la sociedad.

Con el mazo dando y a dios rogando | Comunicado de la Sección Sindical de UGT en Seguriber-Umano


ATES, ALTERNATIVA Y OTROS.CON EL MAZO DANDO Y  A DIOS ROGANDO!!!!

Estamos ya acostumbrados a recibir escritos de esta clase de "sindicatos", donde sin ningún tipo de coherencia insultan gratuitamente a la UGT.

Es curioso que nos llamen entre otras cosas vendidos, irresponsables, etc. Como decíamos resulta curioso cuando ATES, ALTERNATIVA y USO en la empresa Seguriber-Umano en lugar de defender los intereses de los trabajadores y trabajadoras defienden los de la empresa, permitiendo todo tipo de barbaridades e incumplimientos salariales que únicamente afectan a las condiciones de vida y trabajo de la plantilla de Seguriber-Umano.

Aunque les pese, y esto no lo publican, ante la presión realizada por la Sección Sindical de FeS-UGT-Madrid en Seguriber-Umano y con propuestas de movilizaciones que comenzaban el día 20 de enero frente a la sede de la empresa, la UGT ganó la batalla y consiguió que Seguriber-Umano se comprometiese a aplicar el Convenio Colectivo Estatal de Seguridad, solventando los problemas que venían sufriendo los trabajadores/as. No somos ingenuos, verificaremos que la empresa cumpla sus compromisos.

Es llamativo que estos “sindicatos” que todo lo critican y nada aportan, estaban en contra de concentrarse delante de la empresa.  Por eso decimos que con el mazo dando y a dios rogando. Pero en este caso quien recibe con el mazo son los trabajadores y trabajadoras. ¿Quién vende a la trabajadores?, ¿Quienes son unos irresponsables?. Es hora de decir “basta ya” a tanta mentira y desenmascararlos de una vez por todas. Basta de desunir a los trabajadores para hacerle el juego a las empresas.

Sección Sindical de UGT en Seguriber- Umano

sábado, 25 de enero de 2014


PROSEGUR PAGA EN URUGUAY SUS EXCESOS|LA MOVILIZACION SINDICAL PONE EN JAQUE A PROSEGUR


Según Prosegur las medidas sindicales ponen en riesgo la viabilidad de la compañía

La empresa exhortó a las autoridades gubernamentales y a las organizaciones sindicales a que tomen acciones necesarias "para encontrar caminos de solución a un problema que hace peligrar cientos de puestos de trabajo".

Es curioso que la dirección de la empresa, ahora, solicite la intervención de las autoridades de un pais, cuando no hace mucho tiempo en otros países  como Paraguay y otros países de America Latina, despedía a 300 trabajadores por organizarse sindicalmente y en España, actualmente, tiene planteado un ERE (despido colectivo) y un descuelgue del convenio colectivo nacional.

En la tarde de este martes, la empresa Prosegur emitió un comunicado donde exhorta a las autoridades gubernamentales y a las organizaciones a tomar las acciones necesarias para encontrar caminos de solución a un problema “que pone en riesgo la viabilidad de la compañía y el sector que hacen peligrar los puestos de trabajo”. Hoy, Proesegur trabaja a un 15% de su capacidad operativa.

Según la misiva, la compañía solicitó “insistentemente la actuación de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del ministerio del Interior para resolver un conflicto en el que no tiene capacidad de aportar soluciones. Hasta el momento las gestiones han sido infructuosas”.

Prosegur se calificó como “rehén de la situación” dado que algunos de sus clientes (supermercados, bancos, estaciones de servicios, entre otros) y la población en general son afectados por “las dificultades que se están generando para transportar valores”.

Además, desde la empresa manifiestan que siempre se “estuvo, está y estará abierta al diálogo pero el reclamo del Sindicato de Trabajadores de Prosegur Uruguay (Sitpro) sobre su representatividad en los Consejos de Salarios está fuera de la competencia de la empresa. Además, si incidiera en la nominación de un interlocutor en las negociaciones laborales, incurriría en actos de injerencia que le están expresamente vedados”.

De acuerdo a la reseña de cómo comenzó esta situación expuesta en el comunicado, el conflicto se originó entre dos organizaciones sindicales vinculadas al negocio de transporte de valores, el Sitpro, afiliado a la Federación Uruguaya de Empleados de Comercio y Servicios (FUECYS), y la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay (AEBU).

Sitpro reclama participar en las negociaciones de Consejo de Salarios del grupo Empresas de Seguridad y Vigilancia, en las que hasta el momento ha participado AEBU.

Por este reclamo, los trabajadores sindicalizados de Prosegur realizan un piquete en la entrada del garaje de blindados de Prosegur en Montevideo que impide la libre circulación de su flota de vehículos.

viernes, 24 de enero de 2014


Expediente de Regulación de Empleo (ERE). Manual de supervivencia


REGULACION EN VIGOR ANTES DEL 12 DE FEBRERO DE 2012

La empresa en la que trabajo ha iniciado un expediente de regulación de empleo. ¿Qué puede pasar?

Parece necesario dividir el tema en los siguientes apartados para intentar resolver el mayor número de dudas sobre el tema, a saber:
  • ¿Qué es un ERE?
  • ¿Cómo es el procedimiento?
  • ¿Qué indemnizaciones me corresponden?
  • Una vez aprobado el expediente, ¿qué hará la empresa?
  • ¿Y yo qué tengo que hacer?
  • ¿Qué tipo de prestación por desempleo me corresponde?

¿Qué es un ERE?
Fundamentalmente es un procedimiento iniciado ante la Administración para que ésta autorice una serie de medidas que afectarán a las relaciones laborales entre empresa y trabajadores. En este sentido existe un error bastante común al pensar que sólo la empresa puede iniciar el expediente, cuando realmente también lo pueden solicitar los trabajadores, si consideran que la inacción del empresario puede llevarles a sufrir perjuicios importantes.
Para que se autorice siempre es necesario que la petición se base en causas económicas, de organización, productivas o de fuerza mayor.
Las medidas que se pueden solicitar son: despidos colectivos, suspensiones temporales del contrato de trabajo o reducciones temporales de jornada laboral.
¿Cómo es el procedimiento?
El procedimiento varía dependiendo de la causa en la que se fundamenta y de las medidas que se proponen, pero hay una serie de actuaciones comunes para los tipos de causa más frecuente, como son las económicas, las técnicas y las de producción. Los pasos son:
Primero.- Se presenta la solicitud ente la autoridad laboral competente. En el caso que ésta se centre en una sola Comunidad Autónoma, ante la Administración Autonómica correspondiente. Si hay centros de trabajo en varias comunidades ante el Ministerio de Trabajo, pero si el 85% de la plantilla se concentra en una sola comunidad será la Comunidad Autónoma donde radique ese centro.
Segundo.- Paralelamente se tienen que iniciar negociaciones entre la empresa y la representación de los trabajadores con la finalidad de evaluar las causas y de reducir los efectos sobre las personas afectadas. En todo caso la duración de las mismas no podrá ser superior a treinta días naturales o de quince si la empresa tiene menos de 50 trabajadores.
Tercero.- La Administración competente pedirá informe a la Inspección de Trabajo.
Cuarto.- Finalizado el plazo de consultas entre la empresa y los trabajadores, el empresario deberá comunicar a la Administración el resultado las mismas.
Quinto.- La Administración a la vista de los antecedentes y del resultado de las consultas resuelve.
  • Si hay acuerdo entre las partes, la  Administración en el plazo de 7 días procederá a autorizar las medidas propuestas, salvo que exista fraude o coacción, en cuyo caso deberá remitir el expediente a los juzgados de lo social.
  • Si no hay acuerdo la Administración valorará las causas y las medidas propuestas y dictará, en el plazo de 15 días, resolución estimando o desestimando la solicitud.
Si transcurren los plazo anteriores sin resolución expresa (lo que se llama silencio administrativo), se entiende que la solicitud ha sido aprobada.
En el supuesto de causa de fuerza mayor el procedimiento es algo más breve. Se presenta la solicitud con las pruebas pertinentes, la Administración las verifica y, previo informe de la Inspección, se pronuncia en el plazo de 5 días hábiles. Considerando que los medidas tendrán efectos desde la fecha del hecho.
¿Qué indemnizaciones me corresponden?
En los casos que mediante el expediente se extinguiera la relación laboral de los trabajadores las indemnización será la que se acuerde entre las partes y como mínimo 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose los periodos inferiores a un año.
En el caso de empresas de menos de 25 trabajadores el 40% de la indemnización la abonará el Fondo de Garantía Salarial. En el caso de fuerza mayor el porcentaje sube hasta el 100%.
La Administración lo ha aprobado. ¿Qué hará la empresa?
En función de la resolución:
a) Extinguir los contratos y pagar las indemnizaciones.
b) Si es el caso, suspender los contratos de trabajo. En este caso la empresa está obligada a cotizar durante el periodo de suspensión a la Seguridad Social por la parte correspondiente a la empresa.
c) En los supuestos de reducción de jornada también cotizará la empresa por los periodos de inactividad.
d) Abonar las prestaciones de desempleo de cuando así lo fije la resolución y reintegrarse por el procedimiento correspondiente.
e) Recurrir contra la resolución dictada en el caso que no esté de acuerdo.
Y yo, ¿Qué tengo que hacer?
En primer lugar puedes recurrir contra la resolución adoptada de no estar de acuerdo con ella y solicitar la prestación por desempleo.
¿Qué tipo de prestación por desempleo me corresponde?
La prestación será total cuando el trabajador cese, con carácter temporal o definitivo, en la actividad y sea privado de su salario. Hay que decir que se considera paro total cuando el cese de la actividad sea por días completos, ya sea de forma continuada o alterna. El paro será parcial cuando el trabajador vea reducida su jornada laboral normal entre un 10% a un 70%, siempre que la reducción del salario sea la misma.
En el caso de reducción parcial la prestación también proporcional a la reducción de jornada autorizada.
¿Qué es la reposición de prestaciones?
Es una novedad introducida por la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del trabajo y de las personas desempleadas, concretamente en su artículo 3.
De esta forma la persona que pierda el trabajo después de haber estado afectada por un expediente de regulación de empleo consistente en reducción de jornada o suspensión de contrato, tiene derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo, en el mismo número de días o horas, que las aprobadas en el ERE, con un máximo de 180 días, siempre que se den las siguientes condiciones:
  • Que la resolución que aprueba la reducción o suspensión sea acordada entre el 1 de octubre de 2008  y el 31 de diciembre de 2011.
  • Que el despido o resolución que lo autorice se produzca entre el 18 de junio de 2010 y el 31 de diciembre de 2012.
Legislación:
R.D.LG 1/95, arts. 47, 49 y 51)
R.D.LG. 2/95
Ley 35/02
Ley 22/03
Ley 38/07
R.D.L. 3/09
Ley 27/09
Ley 35/10
R.D. 777/11
R.D. 801/11
Fuentes:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Generalitat de Catalunya. Departament d’Empresa i Ocupació.

REGULACIÓN EN VIGOR DESDE 12 DE FEBRERO DE 2012


Después de la reforma laboral aprobada por el Ejecutivo y publicada en el BOE el 11 de febrero, uno de los procedimientos que han visto alterada su naturaleza y tramitación ha sido el expediente de regulación de empleo, tanto en lo referente a la suspensión de contratos y reducción de horario, como al despido colectivo. Fundamentalmente los cambios han producido una simplificación del proceso, una reducción de los plazos de tramitación y en la eliminación de la aprobación administrativa del expediente. De esta forma la única posibilidad de los trabajadores y de la propia Administración para impugnar la decisión del empresario es el recurrir a los tribunales de lo social. Pero veamos los diferentes procedimientos una vez modificados los correspondientes artículos del Estatuto de los Trabajadores.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO O REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVA O DE PRODUCCIÓN O DERIVADAS DE FUERZA MAYOR
¿A qué tipo de empresas puede afectar?
A cualquier tipo, es indiferente su naturaleza, el número de trabajadores que tenga o el número de afectados.
¿Qué es?
Es un procedimiento por el cual el empresario decide por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de fuerza mayor, suspender la vigencia del contrato de trabajo de sus empleados o la reducción de su jornada laboral. Recibiendo el trabajador la correspondiente prestación por desempleo durante el periodo que dure la medida.
¿Cómo es el procedimiento?
Lo inicia el empresario con una comunicación a la autoridad laboral y con la apertura simultánea de un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, plazo que en ningún caso puede ser superior a quince días.
Cuando el periodo de consultas finalice con acuerdo se presumirá que se dan las condiciones justificativas y los trabajadores solo podrán impugnarlo ante los juzgados cuando consideren que existe fraude, engaño, coacción o abuso. También podrá acudir a la vía judicial la Administración, a petición de la entidad gestora de la prestación por desempleo, cuando considere le existencia de fraude.
Si finaliza el periodo sin acuerdo, el trabajador podrá reclamar ante la jurisdicción social que declarará la medida justificada o injustificada.
Transcurrido el plazo de consultas el empresario notificará a los trabajadores y la autoridad laboral su decisión. A su vez la autoridad laboral la comunicará a la gestora de la prestación por desempleo, momento a partir del cual surtirá efecto la decisión empresarial, y a la Inspección de Trabajo que emitirá informe sobre el proceso.
Durante la vigencia de las medidas se promoverá la formación de los trabajadores afectados.
¿En qué consiste la reducción de jornada?
Es la disminución de jornada entre un 10 y un 70%, computada sobre la base de una jornada diaria, semanal, mensual o anual.
¿ Recibirá alguna ayuda la empresa?
La empresa tiene derecho a una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes. Esta bonificación durará mientras el trabajador esté desempleado, pero en ningún caso podrá superar los 240 días por trabajador, y siempre que el empresario se comprometa a mantener al empleo a los trabajadores afectados durante un año con posterioridad a la finalización de la suspensión o reducción.
La bonificación será aplicable a las solicitudes de regulación de empleo presentadas entre el 1 de enero de 2012 y 31 de diciembre de 2013.
¿Si después de la reducción de jornada o de la suspensión me despiden, pierdo la prestación por desempleo?
El trabajador tiene derecho, que se reconocerá de oficio por la Administración, a la reposición de la prestación por desempleo por el mismo número de días utilizados en el proceso de suspensión o reducción de jornada, en las condiciones siguientes:
- Que la suspensión o reducción de jornada se haya producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de enero de 2012 y el despido entre el 12 de febrero de 2012 y 31 de enero de 2013.
- Que se reanude el derecho a la prestación por desempleo inicial.
- Que se haya agotado la prestación por desempleo.
DESPIDO COLECTIVO
¿Cuándo se produce un despido colectivo?
Cuando afecte a diez trabajadores en empresas de menos de cien. En empresas entre cien y trescientos empleados, cuando afecte al diez por ciento de la plantilla. También si afecta a treinta trabajadores en las empresas de más de trescientos.
También cuando afecte a un número superior a cinco, cuando se produzcan como consecuencia del cese total de la actividad por las causas que se dirán.
¿Cuáles son las causas que la justifican?
Que haya una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o futuras o la disminución de ingresos durante un plazo de tres trimestres consecutivos.
También cuando existan causas técnicas en forma de cambios en los medios de producción, por motivos organizativos en forma de cambios en los sistemas y métodos de trabajo, o en el modo de organizar la producción.
¿Cómo es el procedimiento?
El despido va precedido por un período de consultas con los representantes de los trabajadores durante un plazo no superior a treinta días o quince si la empresa tiene menos de cincuenta trabajadores.
El empresario comunicará a los representantes de los trabajadores el inicio de la consultas con un escrito y hará llegar una copia del mismo a la autoridad laboral.
Transcurrido el plazo de las consultas si finalizan con acuerdo el empresario comunicará a la Administración el resultado. Si acaba en desacuerdo el empresario notificará a la Administración y a los representantes de las trabajadores su decisión y de forma individual a cada uno de los trabajadores afectados. A su vez la autoridad laboral comunicará a la gestora de las prestaciones por desempleo y a la Inspección Laboral.
Los representantes de los trabajadores podrán impugnar la decisión. La presentación de la demanda paralizará las acciones individuales iniciadas. Por su parte la autoridad laboral podrá impugnarla cuando considere que existe fraude, engaño, coacción o abuso, también a petición de la gestora de la prestación por desempleo si considera que hay obtención indebida de las prestaciones.
Cuando el despido afecte a más de cincuenta trabajadores se deberá ofrecer un plan de recolocación externa.
Si dentro del despido colectivo hay trabajadores con cincuenta o más años, la empresa deberá realizar una aportación al Tesoro Público.
¿Qué indemnizaciones me corresponden?
En los casos que mediante el expediente se extinguiera la relación laboral de los trabajadores las indemnización será la que se acuerde entre las partes y como mínimo 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose los periodos inferiores a un año.
¿Y si trabajo en el sector público?
También se aplicarán las normas anteriores siempre que exista una situación de insuficiencia presupuestaria durante tres trimestres consecutivos.