La dirección de la Empresa OMBUDS tras finalizar el plazo de la medida cautelar de la suspensión temporal de la entrada en vigor de las tablas salariales y demás conceptos económicos previstos en el convenio colectivo para el año 2014, ha comunicado que en el caso de que no se alcaze un acuerdo que pase por la inaplicación de las mencionadas condiciones económicas, la dirección de la empresa comunica a la representacion legal de los trabajadores que se les emplazara para, en su caso incoar bien la negociación de un convenio colectivo propio de empresa, de centro de trabajo o, incluso por contratas, bien para unificar un procedimiento del art. 82.3 del ET, bien para confirmar la no adopción de medidas. Todo ello con efecto 1 de enero de 2014.
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