Es bueno recordar lo siguiente, debido al curso que está cogiendo las movilizaciones en el sector.
F A L L A M O S
1º.- Que ha lugar al recurso de casación nº 3893/2012, sobre derechos fundamentales, interpuesto por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (FES-UGT),representada por la procuradora doña Marta Sanagujas Guisado, y por APROSER, representada por la Procuradora Doña Aranzazu Fernández Pérez, contra la sentencia dictada el 26 de septiembre de 2012 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que anulamos.
2º.- Que estimamos el recurso número 3/2012, seguido por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales de la persona, interpuesto contra la Resolución del Secretario de Estado de Seguridad de 26 de marzo de 2012, por la que se determina el porcentaje del personal de seguridad privada adscrito a los servicios declarados esenciales durante el desarrollo de la huelga general de ámbito estatal convocada para el día 29 de marzo de 2012.
3º.- Que desestimamos el recurso de casación interpuesto por APROSER.
4º.- Que no hacemos imposición de costas en la instancia debiendo correr cada parte con las suyas del recurso de casación.
Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos
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